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ANTECEDENTES DEL DERECHO COLECTIVO DEL TRABAJO. (Yesenia Sevilla López)

  • 4000 BCE

    EDAD ANTIGUA

    EDAD ANTIGUA
  • 1492

    EDAD MEDIA

    EDAD MEDIA
    Se conoce como gremios a aquellos que determinaban las condiciones para la prestación de un trabajo. Nacen corporaciones de oficios donde siervo y artesano rompen relación con el señor feudal y se refugian en ciudades que con el paso del tiempo se erigen en empresas monopólicas.
  • LA PROPIEDAD PRIVADA COMO PRINCIPIO FUNDAMENTAL DE LA VIDA SOCIAL

    LA PROPIEDAD PRIVADA COMO PRINCIPIO FUNDAMENTAL DE LA VIDA SOCIAL
    John Locke crea la teoría del estado de derecho individualista y liberal (burgués), la cual intenta conservar su propiedad, mediante la estructura de un parlamento, en la que no intervenían hombres sin riqueza ni tierra, ya que no tenían que defender.
    • Se legitimó la división entre:
    Poseedores de tierra y riqueza.
    Hombres sin tierra ni riqueza.
  • FISIOCRATAS

    FISIOCRATAS
    Mercier de la Rivière, justifica la propiedad y eleva a la propiedad privada a una categoría de Derecho Universal Fundamental, de la vida en sociedad
  • EDAD MODERNA

    EDAD MODERNA
    Principios de la doctrina liberal-individualista, la teoría del derecho natural y los derechos del ser humano, Se elevo la doctrina liberal a la categoría de derechos universales del individuo.
    Quedaba a cargo del Estado como facultad exclusiva, garantizar el ejercicio de la libertad.
    Adam Smith sostenía que no había necesidad de que esté presente ningún genero de voluntad superior para organizar el mundo económico (hace referencia al Estado).
  • ASAMBLEA NACIONAL DE FRANCIA EN JULIO DE 1789

    ASAMBLEA NACIONAL DE FRANCIA EN JULIO DE 1789
    En el debate de la Declaración de los Derechos del Hombre se rectifican las ideas de Locke y los fisiócratas.
    Rabaut de Saint– Etienne señala que los derechos fundamentales de cada hombre eran: La libertad, la igualdad y la propiedad
  • LEY DE CHAPELIER

    LEY DE CHAPELIER
    La ley prohibió todas las instituciones del trabajo colectivo, la huelga era un acto delictivo, al igual que la asociación profesional y fijación de las condiciones generales de trabajo
    La ley Chapelier fue la declaración de guerra que lanzó el estado individualista y liberal burgués a los trabajadores, así se desarrolla el socialismo científico.
  • CONSOLIDACIÓN DE LA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL

    CONSOLIDACIÓN DE LA REVOLUCIÓN INDUSTRIAL
    Aunque la primera Revolución Industrial había comenzado el siglo anterior, con adaptación de la máquina de vapor a la producción, fue en el siglo XIX cuando se consolidó. El desarrollo y mejora de las máquinas y, sobre todo, la invención del ferrocarril, marcaron antes y después en la economía de todo el mundo.
  • PERIODO INDIVIDUALISTA Y LIBERAL DE LA SEGUNDA MITAD DEL SIGLO XIX

    PERIODO INDIVIDUALISTA Y LIBERAL DE LA SEGUNDA MITAD DEL SIGLO XIX
    Se adopta para México la forma de república representativa, popular y federal. En la cual no se encuentra ningún contenido sobre derechos vinculados al trabajo.
  • GUERRA CARTISTA

    GUERRA CARTISTA
    En Inglaterra, el cartismo supuso la toma de contacto de las masas obreras con la acción política. Hasta entonces habían concentrado su empeño en la conquista de mejoras de carácter laboral. Obtuvieron el reconocimiento parlamentario de libertades de coalición y asociación profesional.
  • CONSTITUCION CENTRALISTA Y CONSERVADORA

    CONSTITUCION CENTRALISTA Y CONSERVADORA
    29 de Diciembre de 1836 - 06 Octubre de 1839.
    Constitución centralista y conservadora, omisa en atribuir cualquier derecho laboral en (MEXICO).
  • ORGANIZACIOES ARTESANALES

    ORGANIZACIOES ARTESANALES
    Surgen las primeras organizaciones artesanales creadas bajo el régimen de Antonio López de Santa Anna, al igual que las Juntas de Fomento de Artesanos y las Juntas Menores que trataron de fomentar la protección a la industria nacional y defenderla de la competencia delos productos extranjeros.
  • REVOLUCION FRANCESA

    REVOLUCION FRANCESA
    Gracias a la participación de los trabajadores en la revolución de 1848 que obligó al Rey Luis Felipe I a abdicar, se proclamó la Segunda República.
    Se caracterizó porque el gobierno dicta normas para el reconocimiento del derecho de asociación, la contratación directa, la jornada de trabajo de diez horas.
  • MANIFIESTO DEL PARTIDO COMUNISTA

    MANIFIESTO DEL PARTIDO COMUNISTA
    Se inculca en los obreros la más clara conciencia del antagonismo hostil entre la burguesía y el proletariado, así como la búsqueda de elevar este último a clase dominante y la supresión absoluta de las viejas relaciones de producción.
  • REVOLUCIOM ALEMANA

    REVOLUCIOM ALEMANA
    Debido a causas como el descontento por el aumento de los impuestos, las trabas con que el despotismo feudal y burocrático encadenaba las transacciones comerciales de la clase burguesa, el impacto del descontento general padecido por los obreros, quienes sentían odio hacia el gobierno, dando lugar a que el pueblo de Berlín se alzara en armas.
  • SEGUNDO IMPERIO BONAPORTISTA

    SEGUNDO IMPERIO BONAPORTISTA
    Con la asunción de Napoleón III se dio fin a la Segunda República, se presentó un retroceso para el movimiento obrero, por cuanto se elevó la jornada laboral a doce horas, dejándose la posibilidad de ser aumentada y la libertad de coalición fue exterminada al igual que la libertad de asociación.
  • NUEVO PROYECTO COSTITUCIOAL (MEXICO)

    NUEVO PROYECTO COSTITUCIOAL (MEXICO)
    El presidente Comonfort formula el nuevo proyecto de Constitución de 1857, esta obtuvo diversas opiniones sobre los derechos laborales, lo cual llevó a aprobar su artículo quinto, el cual dio origen al artículo 123 en la Constitución de 1917.
    Art 4. Consagró la libertad del trabajo.
    Art 5. Dispuso que nadie puede ser obligado a prestar trabajos personales sin su consentimiento.
    Art 9. A nadie se le puede prohibir el derecho de asociarse pacíficamente con cualquier
    objeto lícito.
  • ETAPA DE CONSOLIDACION (MEXICO)

    ETAPA DE CONSOLIDACION (MEXICO)
    Etapa de consolidación política con las leyes de Juárez
  • TRIUNFO DE LOS CONSERVADORES (MEXICO)

    TRIUNFO DE LOS CONSERVADORES (MEXICO)
    Triunfo de los conservadores y la entrada de Juárez a la Ciudad de México otorgando a Benito Juárez rango de Presidente Constitucional.
  • TOLERANCIA A CREACIÓN DE ASOCIACIONES PROFESIONALES Y/O HUELGAS. (MEXICO)

    TOLERANCIA A CREACIÓN DE ASOCIACIONES PROFESIONALES Y/O HUELGAS. (MEXICO)
    Se derogaron las normas que sancionaban la creación de asociaciones profesionales y las huelgas.
  • REGIMEN MONARQUICO. (MEXICO)

    REGIMEN MONARQUICO. (MEXICO)
    Régimen monárquico de Maximiliano de Habsburgo en el cual se desarrolló una legislación social que buscaba proteger a campesinos y obreros.
    Se expidió la Ley del Trabajo del Imperio que consiguió la libertad de este sector poblacional.
  • CODIGO CIVIL. (MEXICO)

    CODIGO CIVIL. (MEXICO)
    Código Civil en el cual se dignifica al trabajo estableciendo que la prestación de servicios no es equiparable al contrato de arrendamiento, pues el hombre no es igual a una cosa.
  • REGLAMENTACIÓN DE LAS ASOCIACIONES PROFESIONALES. (INGLATERRA)

    REGLAMENTACIÓN DE LAS ASOCIACIONES PROFESIONALES. (INGLATERRA)
    Este es considerado uno de los principales antecedentes que dio paso a la era de la reglamentación en materia de derecho laboral.
  • LA COMUNA DE PARIS

    LA COMUNA DE PARIS
    Ante la derrota de Napoleón III a manos del ejército prusiano, el malestar, la desocupación, el descontento de la clase obrera y la ruina de la clase burguesa influyeron notablemente en que la población se levantara en contra del gobierno de París. La Comuna se destacó por ser la primera revolución en que la clase obrera fue reconocida como aquella capaz de tener iniciativa social.
  • LEY DE ASOCIACIONES PROFESIONALES. (FRANCIA)

     LEY DE ASOCIACIONES PROFESIONALES. (FRANCIA)
    Se promulga una ley en Francia que reconoce, acepta y reglamenta las asociaciones profesionales.
  • EL PERIODO DE PORFIRIO DIAZ. (MEXICO)

    EL PERIODO DE PORFIRIO DIAZ. (MEXICO)
    Se promulga una ley que obligaba a prestar atención médica a los trabajadores y pago de hasta tres meses de salario por accidentes ocasionados durante su jornada.
  • HUELGA DE CANANEA. (MEXICO)

    HUELGA DE CANANEA. (MEXICO)
    Trabajadores exigían la obtención de mejores salarios y la
    erradicación de los privilegios hacia trabajadores extranjeros. Igualmente en Puebla trabajadores textiles se declararon en huelga p reglamento de fábrica que dejaba a un lado su dignidad y libertad.
    El movimiento fue la prohibición de trabajo a menores de siete años. Se promulga la ley Villada y la Ley de Bernando Reyes modelos para la Ley de Accidentes del Trabajo de Chihuahua (1913) y para la Ley del Trabajo para Coahuila (1916).
  • PROGRAMA DEL PARTIDO LIBERAL. (MEXICO)

    PROGRAMA DEL PARTIDO LIBERAL. (MEXICO)
    Publicación del Manifiesto y Programa del Partido Liberal en el cual se analizaba la situación obrera del país, estos documentos fueron modelos para algunos puntos de la constitución de 1917 tales como más trabajadores mexicanos, igualdad de salarios para nacionales y extranjeros, prohibición de trabajo a menores de 14 años y una jornada máxima de 8 horas.
  • INICIOS DE LA REVOLUCION MEXICANA.

    INICIOS DE LA REVOLUCION MEXICANA.
  • LEY ALVARADO. (MEXICO)

    LEY ALVARADO. (MEXICO)
    Se publica la Ley Alvarado el cual fue un reglamento a las instituciones colectivas como son las asociaciones, contratos colectivos y huelgas. También reglamentó el contrato
    individual del trabajo. En la capital de la República existió un proyecto de ley del contrato individual del trabajo.
  • LEY MILLAN. (MEXICO)

    LEY MILLAN. (MEXICO)
    La ley de Agustín Millán, fue la primera que reconoció, en el estado de Veracruz, la legitimidad de las asociaciones obreras.
    a)La facultad de asociarse estaba reconocida como un derecho natural del hombre.
    b)Uno de los medios eficaces para obtener el mejoramiento apetecible cuando los
    patronos no acceden a las huelgas.
    c)Todos los países civilizados lo reconocen cuando lo ejercitan sin violencia.
  • ARTICULO 123. (MEXICO)

    ARTICULO 123. (MEXICO)
    Nacimiento del artículo 123 Constitucional.
    La asamblea pidió se hiciera una votación conjunta. Se tomó la votación nominal y por la afirmativa votaron 163 diputados. Había nacido así el primer precepto que a nivel constitucional otorgó derechos a los trabajadores, México pasaba a la historia como el primer país que incorporaba las garantías sociales a una constitución
  • REFORMA DEL ARTICULO QUINTO. (MEXICO)

    REFORMA DEL ARTICULO QUINTO. (MEXICO)
    Se dio comienzo a las sesiones preparatorias del Congreso. El proyecto presentado por Carranza fue decepcionante, agregó al artículo quinto un párrafo, limitando a un año la obligatoriedad del contrato de trabajo.
    En diciembre de 1916 las diputaciones de Veracruz y Yucatán presentaron dos iniciativas de reforma al artículo quinto con normas concretas a favor de los trabajadores.
  • DECLARACION DE DERECHOS SOCIALES EN 1917. (MEXICO)

    DECLARACION DE DERECHOS SOCIALES EN 1917. (MEXICO)
    El abuso de los patrones sobre los trabajadores da a reconocer derechos mínimos para ellos y sus familias, por ejemplo el salario mínimo, el derecho a vivienda digna, el derecho a los servicios médicos, asistencia por maternidad, entre otros.
  • DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO. (MEXICO)

    DERECHO COLECTIVO DE TRABAJO. (MEXICO)
    Conjunto de normas jurídicas que regulan las relaciones entre patronos y trabajadores no de modo individual,el actual sistema legal tiene sus orígenes en la Revolución Mexicana de 1910 –1920, la cual crea la Constitución de 1917.
    Dentro del derecho colectivo del trabajo existen tres pilares entre los que se encuentra: el sindicato, la negociación colectiva y la huelga
  • CONSTITUCION DE WEIMAR. (ALEMANIA)

    CONSTITUCION DE WEIMAR. (ALEMANIA)
    Se consagra un capítulo completo al derecho del trabajo, constituyéndose en la primera constitución que en Europa contenía un capítulo de tal magnitud.
  • TRATADO DE VERSALLES. (MEXICO)

    TRATADO DE VERSALLES. (MEXICO)
    Se firma el tratado de Versalles que pone fin a la primera guerra mundial. Como consecuencia de lo acordado en la Parte XIII del Tratado y el art.23 de esta, nace la Organización Internacional del Trabajo.
  • LEY FEDERAL DEL TRABAJO 1931 Y SUS REFORMAS. (MEXICO)

    LEY FEDERAL DEL TRABAJO 1931 Y SUS REFORMAS. (MEXICO)
    El 18 de agosto de 1931 se promulgó la primera Ley Federal del Trabajo en ella se fincaron las bases generales de los derechos de los trabajadores. Reforma de 1933 prohibe la reelección ininterrumpida de los diputados, la que no se prohibía ni limitaba en la Ley Suprema aprobada por el Constituyente de 1916 - 1917. Reforma de 1934 la educación “deberá basarse en las orientaciones y postulados de la doctrina socialista que la Revolución mexicana sustenta”.
  • REFORMAS DE 1936 Y 1950. (MEXICO)

    REFORMAS DE 1936 Y 1950. (MEXICO)
    Reforma de 1936 reconoció legalmente el derecho a la huelga y el gobierno promovió activamente la formación de sindicatos. Además estableció la libertad de cultos y la laicización de la educación.
    Reforma de 1950 El Gobierno decidió orientar los créditos de mediano y largo plazo hacia las actividades productivas
  • LEY FEDERAL DE TRABAJO EN 1970. (MEXICO)

    LEY FEDERAL DE TRABAJO EN 1970. (MEXICO)
    La Ley Federal del Trabajo, entró en vigor el 1° de mayo de 1970. Tuvo dos anteproyectos el primero en 1962,resultado del trabajo que durante dos años realizó la comisión por el presidente Adolfo López Mateos.
    En 1960 se hizo una reforma del apartado A del artículo 123 constitucional para estar de acuerdo con la elevación a 14 años de la edad mínima de admisión al trabajo.
  • PRINCIPALES ACONTECIMIENTOS LABORALES. (MEXICO)

    PRINCIPALES ACONTECIMIENTOS LABORALES. (MEXICO)
    1. La ley federal del trabajo tuvo importantes reformas en los títulos 14,15 y 16.Se modificó el procedimiento de huelga y se adicionó el artículo 47 con dos párrafos finales.
    Las reformas se publicaron en el diario oficial el 4 de enero de 1980. Desde entonces el procedimiento laboral es un derecho social y de clase.