Derechos humanosonu

Derechos Humanos y Discapacidad

  • DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS - ONU

    DECLARACIÓN UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS - ONU
    •Documento adoptado por la Asamblea General de las Naciones Unidas París el cual recogen en sus 30 artículos los derechos humanos considerados básicos
    •En su primer artículo se declara a todo ser humano como libres e iguales de derechos e insta al comportamiento fraternal entre unos u otros
    •Defienden la dignidad de la persona como tal prohibiendo la esclavitud, la tortura, los tratos crueles, inhumanos o degradantes. Da la libertad de pensamiento, de expresión, de práctica religiosa.
  • CONVENCIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL DELITO DE GENOCIDIO - ONU

    CONVENCIÓN PARA LA PREVENCIÓN Y SANCIÓN DEL DELITO DE GENOCIDIO - ONU
    •Surge reconociendo que en todos los períodos de la historia el genocidio ha infligido grandes pérdidas a la humanidad
    •Confirman que el genocidio, ya sea cometido en tiempo de paz o en tiempo de guerra, es un delito de derecho internacional y que tal convención se comprometen a prevenir y a sancionar
    •Dentro de la Convención, se entiende por genocidio cualquiera de los con la intención de destruir, total o parcialmente, a un grupo nacional, étnico, racial o religioso, etc.
  • CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE CONCESIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS A LA MUJER - OEA

    CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE CONCESIÓN DE LOS DERECHOS POLÍTICOS A LA MUJER - OEA
    Fecha de ratificación: 17 de mayo de 1951
    •Toda mujer podrá ejercer libre y plenamente sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales y contará con la total protección
    •Surge de la comunidad americana en equilibrar a hombres y mujeres en el goce y ejercicio de los derechos políticos
    •Basado en la igualdad de derechos humanos de hombres y mujeres planteado en la Carta de las Naciones Unidas y los posiciona como igual agentes de derechos es creada esta convención.
  • CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE CONCESIÓN DE LOS DERECHOS CIVILES A LA MUJER - OEA

    CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE CONCESIÓN DE LOS DERECHOS CIVILES A LA MUJER - OEA
    Fecha de ratificación: 17 de mayo de 1951
    •Toda mujer podrá ejercer libre y plenamente sus derechos civiles, políticos, económicos, sociales y culturales y contará con la total protección
    •Surge de la comunidad americana en equilibrar a hombres y mujeres en el goce y ejercicio de los derechos políticos
    •Basado en la igualdad de derechos humanos de hombres y mujeres planteado en la Carta de las Naciones Unidas y los posiciona como igual agentes de derechos es creada esta convención.
  • CONVENIO 87 RELATIVO A LA LIBERTAD SINDICAL Y A LA PROTECCIÓN DEL DERECHO DE SINDICACIÓN - OIT

    CONVENIO 87 RELATIVO A LA LIBERTAD SINDICAL Y A LA PROTECCIÓN DEL DERECHO DE SINDICACIÓN - OIT
    *Radica en la trascendencia de su contenido en cuanto protege como instrumento internacional el derecho de todos los trabajadores y empleadores
    *Busca constituir libremente asociaciones que promuevan y defiendan sus intereses profesionales
    *Promueve el derecho humano básico y universal, íntimamente ligado a la libertad de expresión, como una forma democrática de participación para que todas la personas puedan tener el derecho de ser tomadas en cuenta en las cuestiones laborales
  • CONVENIO RELATIVO A LA PROTECCIÓN DE PERSONAS CIVILES EN TIEMPO DE GUERRA - ONU

    CONVENIO RELATIVO A LA PROTECCIÓN DE PERSONAS CIVILES EN TIEMPO DE GUERRA - ONU
    Fecha de ratificación: 21 de abril de 1952 *Protege a las personas que, en cualquier momento y de la
    manera que sea, estén, en caso de conflicto o de ocupación, en poder de una parte en conflicto
    *Define la protección humanitaria para los civiles en una zona de guerra, y prohíbe la práctica de la guerra total.
    *La Protección de personas es la definición más importante, muchos de los artículos en el resto del IV Convenio de Ginebra sólo se aplican a las personas protegidas.
  • CONVENIO 98 RELATIVO A LA APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE DERECHO DE SINDICACIÓN Y DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA - OIT

    CONVENIO 98 RELATIVO A LA APLICACIÓN DE LOS PRINCIPIOS DE DERECHO DE SINDICACIÓN Y DE NEGOCIACIÓN COLECTIVA - OIT
    *Los trabajadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de discriminación tendiente a menoscabar la libertad sindical en relación con su empleo.
    *Deberán crearse organismos adecuados a las condiciones nacionales, cuando ello sea necesario, para garantizar el respeto al derecho de sindicación definido en los artículos precedentes.
    *Las organizaciones de trabajadores y de empleadores deberán gozar de adecuada protección contra todo acto de injerencia
  • CONVENIO SOBRE IGUALDAD DE REMUNERACIÓN - OIT

    CONVENIO SOBRE IGUALDAD DE REMUNERACIÓN - OIT
    Fecha de ratificación: 29 de junio de 1951
    *Busca la igualdad de remuneración entre la mano de obra masculina y la mano de obra femenina por un trabajo de igual valor
    *Designa las tasas de remuneración fijadas sin discriminación en cuanto al sexo
    *La legislación nacional: es necesario un sistema para la fijación de la remuneración establecido o reconocido por la legislación
  • RECOMENDACIÓN SOBRE LA ADAPTACIÓN Y LA RE ADAPTACIÓN PROFESIONALES DE LOS INVÁLIDOS - OIT

    RECOMENDACIÓN SOBRE LA ADAPTACIÓN Y LA RE ADAPTACIÓN PROFESIONALES DE LOS INVÁLIDOS - OIT
    *Surge de la consideración de los numerosos y diversos problemas que afectan a las personas que sufren de invalidez
    *Resalta la importancia de la adaptación y la readaptación son imprescindibles para que puedan recuperar al máximo posible su capacidad física y mental, así como reintegrarse a la función social, profesional y económica
    *Busca satisfacer las necesidades de empleo de los inválidos y para utilizar en la mejor forma posible los recursos de mano de obra
  • CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LA MUJER - ONU

    CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS POLÍTICOS DE LA MUJER - ONU
    Fecha de ratificación: 18 septiembre de 1959
    *Establece un conjunto de principios y derechos políticos de las mujeres
    *Dicta que las mujeres tendrán derecho a votar en todas las elecciones en igualdad de condiciones con los hombres, sin discriminación alguna.
    *Las mujeres serán elegibles para todos los organismos públicos electivos establecidos por la legislación nacional y podrán ocupar cargos públicos ejerciendo todas las funciones públicas establecidas por la legislación nacional
  • CONVENIO 105 RELATIVO A LA ABOLICIÓN DEL TRABAJO FORZOSO - OIT

    CONVENIO 105 RELATIVO A LA ABOLICIÓN DEL TRABAJO FORZOSO - OIT
    Fecha de ratificación: 10 de noviembre de 1959
    *El Convenio anula ciertas formas de trabajo forzoso que aún eran permitidos por el Convenio sobre el trabajo forzoso de 1930
    *Busca evitar que el trabajo obligatorio o forzoso pueda dar lugar a condiciones análogas a la esclavitud
    *Prevé la completa abolición de la servidumbre por deudas y la servidumbre de la gleba y prohíbe los sistemas de retribución que priven al trabajador de la posibilidad real de poner término a su empleo
  • CONVENIO 111 RELATIVO A LA DISCRIMINACIÓN EN MATERIA DE EMPLEO Y OCUPACIÓN - OIT

    CONVENIO 111 RELATIVO A LA DISCRIMINACIÓN EN MATERIA DE EMPLEO Y OCUPACIÓN - OIT
    Fecha de ratificación: 20 de septiembre de 1960
    *Se comprometen a promover la legislación que prohíbe todo tipo de discriminación y exclusión
    *Prohíbe exclusión o preferencia basada en motivos de raza, color, sexo, religión, opinión política, ascendencia nacional u origen social que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación
    *Considera que la discriminación constituye una violación de los derechos humanos según la Declaración Universal
  • CONVENIO SOBRE LA POLÍTICA DEL EMPLEO - ONU

    CONVENIO SOBRE LA POLÍTICA DEL EMPLEO - ONU
    Fecha de ratificación: 9 de julio de 1964
    *Busca fomentar en el mundo, programas que permitan lograr el pleno empleo y la elevación del nivel de vida.
    *Se dispone la lucha contra el desempleo y la garantía de un salario vital adecuado
    * Tiene como objetivo que todos los seres humanos, sin distinción de raza, credo o sexo, tienen derecho a perseguir su bienestar material y su desarrollo espiritual en condiciones de libertad y dignidad, de seguridad económica y en igualdad de oportunidades.
  • DECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN RACIAL - ONU

    DECLARACIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN RACIAL - ONU
    *Se unifican criterios y establecen normas para proteger y garantizar la no discriminación, exclusión, restricción o preferencia por raza, color, origen nacional o étnico
    *La declaración Internacional fue un antecedente de gran importancia para la aprobación de la Convención más adelante
    *Es una declaración internacional realizada por la Organización de las Naciones Unidas y proclamada por la Asamblea General de las Naciones Unidas
  • DECLARACIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS RETRASADOS MENTALES - ONU

    DECLARACIÓN INTERNACIONAL DE LOS DERECHOS HUMANOS DE LOS RETRASADOS MENTALES - ONU
    *Proclama la necesidad de proteger los derechos de los física y mentalmente desfavorecidos y de asegurar su bienestar y su rehabilitación.
    *Busca desarrollar sus aptitudes en las más diversas esferas de actividad, así como de fomentar en la medida de lo posible su incorporación a la vida social normal
    *La declaración pide que se adopten medidas en el plano nacional o internacional para que sirvan de base y de referencia común para la protección de estos derechos a todos los "discapacitados"
  • CONVENIO SOBRE LA EDAD MÍNIMA - ONU

    CONVENIO SOBRE LA EDAD MÍNIMA - ONU
    *Promueve a que Estado se comprometa a tomar medidas para alcanzar la abolición efectiva del trabajo infantil
    *Busca elevar progresivamente la edad mínima de admisión al empleo o al trabajo
    *Busca la manera de hacer posible el más completo desarrollo físico y mental de los menores.
  • DECLARACIÓN SOBRE LA PROTECCIÓN DE LA MUJER Y EL NIÑO EN ESTADOS DE EMERGENCIA DE CONFLICTO ARMADO - ONU

    DECLARACIÓN SOBRE LA PROTECCIÓN DE LA MUJER Y  EL NIÑO EN ESTADOS DE EMERGENCIA  DE CONFLICTO ARMADO - ONU
    *Surge principalmente porque las mujeres y niños son víctimas de conflictos bélicos, sociales y otras situaciones de emergencias, las cuales causan "el sufrimiento de actos inhumanos y serios daños".
    *La declaración estipula que mujeres y niños sufren de victimización durante conflictos armados debido a la "supresión, agresión, colonialismo, racismo, dominación extranjera".
    *Prohíbe específicamente ataques y bombardeos a poblaciones civiles y el uso de armas químicas y biológicas
  • DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS IMPEDIDOS - ONU

    DECLARACIÓN DE LOS DERECHOS DE LOS IMPEDIDOS - ONU
    *Tiene como objetivo llamar la atención sobre la necesidad de prevenir la incapacidad física y mental
    *Busca la forma de ayudar a los impedidos a desarrollar sus aptitudes en las más diversas esferas de actividad, así como de fomentar en la medida de lo posible su incorporación a la vida social normal.
    *Se basa en el principio de prohibición de todo tipo de discriminación y de reafirmar el valor de la dignidad de la persona como fundamento de los derechos humanos
  • CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS - OEA

    CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS - OEA
    Fecha de ratificación: 27 de abril de 1978
    *Es una de las bases del sistema interamericano de promoción y protección de los derechos humanos.
    *Busca el desarrollo progresivo de los derechos económicos, sociales y culturales contenidos en la Carta de la Organización de los Estados Americanos
    *Establece dos órganos para conocer de los asuntos relacionados con el cumplimiento de la Convención: la Comisión Interamericana de Derechos Humanos y la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
  • CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER - ONU

    CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER - ONU
    Fecha de ratificación: 8 de julio de 1982
    *La CEDAW está considerada como el documento jurídico internacional más importante en la historia de la lucha sobre todas las formas de discriminación contra las mujeres.
    *Establece una hoja de ruta de acción nacional para poner fin a la discriminación y establece un programa de acción para la discriminación por sexo
    *Se centra en la cultura y la tradición como fuerzas influyentes que dan forma a los roles de género y a las relaciones familiares.
  • PROGRAMA DE ACCIÓN MUNDIAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - ONU

    PROGRAMA DE ACCIÓN MUNDIAL PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - ONU
    *Busca la prevención de la discapacidad, la rehabilitación y la igualdad de oportunidades, la participación de las personas con discapacidad en la vida social y el desarrollo nacional.
    *Subraya la necesidad de abordar la discapacidad desde la perspectiva de derechos humanos.
    *Analiza las definiciones, conceptos y los principios relativos a la discapacidad; se examina la situación mundial de las personas con discapacidad; y se formulan recomendaciones a nivel nacional, regional e internacional.
  • CONVENCIÓN RELATIVA A LA LUCHA CONTRA LAS DISCRIMINACIONES EN LA ESFERA DE LA ENSEÑANZA - ONU

    CONVENCIÓN RELATIVA A LA LUCHA CONTRA LAS DISCRIMINACIONES EN LA ESFERA DE LA ENSEÑANZA - ONU
    Fecha de ratificación: 21 de diciembre de 1982
    *Es el primer instrumento internacional que abarca ampliamente el derecho a la educación y tiene una fuerza vinculante con las leyes internacionales.
    *incluye la noción de que la educación no es un lujo sino un derecho fundamental
    *Subraya la obligación del Estado de proscribir cualquier forma de discriminación en el ámbito educativo al promover la igualdad de oportunidades en materia de enseñanza.
  • CONVENIO SOBRE LA READAPTACIÓN PROFESIONAL Y EL EMPLEO DE PERSONAS INVÁLIDAS - OIT

    CONVENIO SOBRE LA READAPTACIÓN PROFESIONAL Y EL EMPLEO DE PERSONAS INVÁLIDAS - OIT
    *Busca la comprensión de las necesidades en materia de readaptación, en el alcance y organización de los servicios y en la legislación y la práctica.
    *Permite la adopción de medidas eficaces a nivel nacional e internacional para el logro de las metas de la plena participación de las personas inválidas en la vida social y el desarrollo, así como de la igualdad
    *Lucha por la igualdad de oportunidades y de trato a todas las personas inválidas en materia de empleo y de integración en la comunidad
  • CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN RACIAL - ONU

    CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN RACIAL - ONU
    Fecha de ratificación: 30 de noviembre de 1982, existe reserva en el artículo 14 de la Convención
    *Es uno de los principales tratados internacionales en materia de DH
    *La discriminación racial es considerada una norma ius cogens por tratadistas de derecho internacional y la propia Comisión de Derecho Internacional
    *Define "discriminación racial" adoptando un criterio amplio que alcanza a diferentes modalidades de discriminación, ya sea por motivo de "raza,color,linaje u origen nacional o étnico"
  • CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA - Asamblea Nacional Constituyente

    CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LA REPÚBLICA DE GUATEMALA - Asamblea Nacional Constituyente
    *Surge con el fin de organizar jurídica y políticamente al Estado; afirmando la primacía de la persona humana como sujeto y fin del
    orden social
    *Reconoce a la familia como génesis primario y fundamental de los valores espirituales y morales de la sociedad
    *Reconoce al Estado como responsable de la promoción del bien
    común, de la legalidad, seguridad, justicia, igualdad, libertad y paz
    * Se inspirados en los ideales de los antepasados y recogiendo nuestras tradiciones y herencia cultural
  • PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES - ONU

    PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES - ONU
    *Es un tratado multilateral general que reconoce Derechos económicos, sociales y culturales y establece mecanismos para su protección y garantía
    *Compromete a las partes a trabajar para la concesión de los derechos económicos, sociales y culturales de las personas, incluidos los derechos laborales y los derechos a la salud, la educación y un nivel de vida adecuado
    *Reconoce el derecho de libre determinación de los pueblos, incluido el derecho a "determinar libremente su condición política"
  • PROTOCOLO ADICIONAL A LOS CONVENIOS DE GINEBRA DEL 12 DE AGOSTO DE 1949, RELATIVO A LA PROTECCIÓN DE LAS VICTIMAS DE LOS CONFLICTOS ARMADOS INTERNACIONALES – ONU

    PROTOCOLO ADICIONAL A LOS CONVENIOS DE GINEBRA DEL 12 DE AGOSTO DE 1949, RELATIVO A LA PROTECCIÓN DE LAS VICTIMAS DE LOS CONFLICTOS ARMADOS INTERNACIONALES – ONU
    *Se aplicará sin ninguna distinción de carácter desfavorable por motivos de raza, color, sexo, idioma, religión o creencia, opiniones políticas o de otra índole, origen nacional o social, fortuna, nacimiento u otra condición o cualquier otro criterio análogo
    *Indica que no podrá invocarse disposición alguna como justificación para intervenir, directa o indirectamente, sea cual fuere la razón, en el conflicto armado o en los asuntos internos o externos en cuyo territorio tenga lugar ese conflicto
  • CONVENIO 122 RELATIVO A LA POLÍTICA DEL EMPLEO - OIT

    CONVENIO 122 RELATIVO A LA POLÍTICA DEL EMPLEO - OIT
    Fecha de ratificación: 19 de agosto de 1988
    *Nace con el objeto de estimular el crecimiento y el desarrollo económicos, de elevar el nivel de vida, de satisfacer las necesidades de mano de obra y de resolver el problema del desempleo y del subempleo
    *Apuesta por una política activa destinada a fomentar el pleno empleo, productivo y libremente elegido
    *Busca garantizar que habrá trabajo para todas las personas disponibles y que busquen trabajo y además, que será productivo.
  • CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES - ONU

    CONVENCIÓN CONTRA LA TORTURA Y OTROS TRATOS O PENAS CRUELES, INHUMANOS O DEGRADANTES - ONU
    *Establece que todos los Estados parte tienen la obligación de tomar las medidas necesarias para impedir los actos de tortura.
    *Es el tratado internacional más completo frente a la tortura.
    *Establece que en ningún caso podrán invocarse circunstancias excepcionales para justificar la tortura. Esto incluye las situaciones de guerra o amenaza de guerra, la inestabilidad política interna, la lucha contra el terrorismo o cualquier otra emergencia pública.
  • CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO - UNICEF

    CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO - UNICEF
    Fecha de ratificación: 20 de noviembre de 1989
    *Reconoce que los niños (seres humanos menores de 18 años) son individuos con derecho de pleno desarrollo físico, mental y social, y con derecho a expresar libremente sus opiniones
    *La Convención es también un modelo para la salud, la supervivencia y el progreso de toda la sociedad humana
    *Como primera ley internacional sobre los derechos de los niños y
    niñas, es de carácter obligatorio para los Estados firmantes
  • PRINCIPIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS ENFERMOS MENTALES Y PARA EL MEJORAMIENTO DE LA ATENCIÓN DE LA SALUD MENTAL - OEA

    PRINCIPIOS PARA LA PROTECCIÓN DE LOS ENFERMOS MENTALES Y PARA EL MEJORAMIENTO DE LA ATENCIÓN DE LA SALUD MENTAL - OEA
    Declara que:
    *Todas las personas tienen derecho a la mejor atención disponible en materia de salud mental, que será parte del sistema de asistencia sanitaria y social
    *Todas las personas que padezcan una enfermedad mental,serán tratadas con humanidad y con respeto a la dignidad inherente de la persona humana.
    *Todas las personas que padezcan una enfermedad mental tienen derecho a la protección contra la explotación económica, sexual, maltrato físico y el trato degradante.
  • PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS - ONU

    PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS - ONU
    *Es un tratado multilateral general que reconoce Derechos civiles y políticos y establece mecanismos para su protección y garantía
    *Tienen sus raíces en el mismo proceso que condujo a la Declaración Universal de los Derechos Humanos
    *Los Estados partes asumen la obligación, respecto de toda persona en su territorio o bajo su jurisdicción, de respetar y garantizar los derechos humanos reconocidos. Esto implica que deben abstenerse de violar estos derechos.
  • DECLARACIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS PERTENECIENTES A MINORÍAS NACIONALES O ÉTNICAS, RELIGIOSAS Y LINGÜÍSTICAS - ONU

    DECLARACIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS PERTENECIENTES A MINORÍAS NACIONALES O ÉTNICAS, RELIGIOSAS Y LINGÜÍSTICAS - ONU
    • Reafirman los derechos humanos fundamentales, en la dignidad y el valor de la persona humana, en la igualdad de derechos de hombres y mujeres *Considera la importancia de la promoción y protección de los derechos de las personas pertenecientes a minorías nacionales o étnicas, religiosas y lingüísticas contribuyen a la estabilidad política y social de los Estados *Confirma la la importancia de las Naciones Unidades mediante el papel que juegan en lo que respecta a la protección de las minorías
  • CONFERENCIA MUNDIAL DE DERECHOS HUMANOS - ONU

    CONFERENCIA MUNDIAL DE DERECHOS HUMANOS - ONU
    *Fue la primera conferencia de derechos humanos celebrada desde el fin de la Guerra Fría
    *La conferencia trató el tema de los derechos humanos de manera amplia, poniendo especial énfasis en recalcar los derechos de la mujer, los derechos de los indígenas y los derechos de las minorías, entre otros, en el contexto de los derechos económicos y políticos universales
    *Los derechos de la mujer en particular tuvieron una fuerte y notable presencia en la conferencia
  • NORMAS UNIFORMES SOBRE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - ONU

    NORMAS UNIFORMES SOBRE LA IGUALDAD DE OPORTUNIDADES PARA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - ONU
    *Son una estrategia mundial encaminada a promover la prevención de la discapacidad y la rehabilitación y la igualdad de oportunidades de las personas con discapacidad
    *Abarcan todos los aspectos sociales y económicos de la vida de las personas con discapacidad
    *Promueve su uso en la elaboración de políticas nacionales relativas a la discapacidad y la rehabilitación
  • RESOLUCIÓN SOBRE LA SITUACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL CONTINENTE AMERICANO - OEA

    RESOLUCIÓN SOBRE LA SITUACIÓN DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL CONTINENTE AMERICANO - OEA
    *Surge de la considerando que en América Latina y en la región del Caribe hay más de 60 millones de personas discapacitadas que, junto a sus familias, sufren la falta de integración económica o social
    *Insta a los Estados miembros a cooperar en la adopción de medidas concretas para mejorar la salud de los discapacitados, integrarlos a la sociedad con el pleno ejercicio de sus derechos y deberes, identificar los riesgos que dan lugar a la discapacidad y prevenir la discapacidad
    *
  • CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER -Convención de Belém do Pará - OEA

    CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER -Convención de Belém do Pará - OEA
    Fecha de ratificación: 4 de enero de 1995
    *Afirma que la violencia contra la mujer es una violación de los derechos humanos y limita a la mujer el reconocimiento,goce y ejercicio de tales derechos y libertades
    *Muestra su preocupación porque la violencia contra la mujer es una ofensa a la dignidad humana y manifestación de las relaciones de poder desiguales entre mujeres y hombres
    *Plantea que la eliminación de la violencia contra la mujer es indispensable para su desarrollo individual y social
  • LEY DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - CONADI/Congreso de la República de Guatemala

    LEY DE ATENCIÓN A LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - CONADI/Congreso de la República de Guatemala
    *Se declara de beneficio social el desarrollo integral de las personas con discapacidad física, sensorial y/o psíquica (mental) en igual de condiciones para su participación y desarrollo.
    *Es un instrumento legal para la atención de las personas con
    discapacidad para que alcancen su máximo desarrollo, su participación social y el ejercicio de los derechos y deberes en nuestro sistema jurídico.
    *Garantiza la igualdad de oportunidades para las personas con
    discapacidad en todos los ámbitos
  • CONVENIO 169 SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES EN PAÍSES INDEPENDIENTES - OIT

    CONVENIO 169 SOBRE PUEBLOS INDÍGENAS Y TRIBALES EN PAÍSES INDEPENDIENTES - OIT
    Fecha de ratificación: 10 de abril de 1996
    *Es el principal instrumento internacional sobre derechos de los pueblos indígenas
    *Los pueblos indígenas deben tener el derecho a elegir si integrarse o mantener su cultura, sus tradiciones, e integridad política
    *Busca la protección de los valores y prácticas sociales, culturales, religiosos y espirituales propios de los pueblos indígenas, y define la importancia especial que para las culturas de nuestro territorio
  • DECLARACIÓN DEL MILENIO - ONU

    DECLARACIÓN DEL MILENIO - ONU
    *Declaración mediante la cual se reafirmó la fe en la Organización y en su Carta como cimientos indispensables de un mundo más pacífico, más próspero y más justo
    *Reafirmaron su adhesión a los propósitos y principios de la Carta de las Naciones Unidas, que han demostrado ser intemporales y universales.
    *Valores y principios: libertad, igualdad, solidaridad, tolerancia, respeto de la naturaleza y responsabilidad común.
  • PRIMER PROTOCOLO FACULTATIVO DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS - ONU

    PRIMER PROTOCOLO FACULTATIVO DEL PACTO INTERNACIONAL DE DERECHOS CIVILES Y POLÍTICOS - ONU
    *Es un protocolo adicional que busca asegurar la aplicación de las disposiciones del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos
    *Faculta al Comité de Derechos Humanos para recibir y considerar comunicaciones de individuos que aleguen ser víctimas de violaciones de cualquiera de los derechos enunciados en el Pacto
    *Otorga al Comité la competencia necesaria para examinar las denuncias de particulares con respecto a presuntas violaciones del Pacto cometidas por los Estados parte del mismo.
  • PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS RELATIVO A LOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES. -Protocolo de San Salvador - OEA

    PROTOCOLO ADICIONAL A LA CONVENCIÓN AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS RELATIVO A LOS DERECHOS ECONÓMICOS, SOCIALES Y CULTURALES. -Protocolo de San Salvador - OEA
    Fecha de ratificación: 30 de mayo de 2000
    *Reafirma su propósito de consolidar dentro del cuadro de las instituciones democráticas, un régimen de libertad personal y de justicia social, fundado en el respeto de los derechos esenciales del hombre
    *Reconociendo que los derechos esenciales del hombre no nacen del hecho de ser nacional de determinado Estado, sino que tienen como fundamento los atributos de la persona humana
    *Cooperación entre los Estados y de las relaciones internacionales
  • CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS - OEA

    CONVENCIÓN INTERAMERICANA SOBRE DESAPARICIÓN FORZADA DE PERSONAS - OEA
    Fecha de ratificación: 27 de julio de 1999
    *Busca el reconocimiento del crimen de desaparición forzada de personas, modalidad del terrorismo de Estado
    *Surge gracias a la movilización de sectores de la opinión pública y de la sociedad civil, y en particular por la iniciativa de organizaciones no gubernamentales que surgieron
    *La Corte Interamericana de Derechos Humanos pronunció las primeras sentencias condenatorias por casos de desapariciones en contra del Estado de Honduras.
  • PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER - ONU

    PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LA MUJER - ONU
    Fecha de ratificación: 30 de abril de 2002
    *Es un protocolo que establece los mecanismos de denuncia e investigación de la Convención sobre la eliminación de todas las formas de discriminación contra la mujer
    *Los Estados parte otorgan competencia al Comité para la eliminación de la discriminación contra la mujer para conocer denuncias de individuos o investigar
    *Surgen temas como la violencia doméstica, el permiso parental y la esterilización forzosa
  • PROTOCOLO FACULTATIVO A LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO RELATIVO A LA PARTICIPACIÓN DE NIÑOS EN LOS CONFLICTOS ARMADOS - ONU

    PROTOCOLO FACULTATIVO A LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO RELATIVO A LA PARTICIPACIÓN DE NIÑOS EN LOS CONFLICTOS ARMADOS - ONU
    Fecha de ratificación: 30 de abril de 2002
    *Demuestra que existe una voluntad general de luchar por la promoción y la protección de los derechos del niño
    *Reafirma que los derechos del niño requieren una protección especial y que es necesario seguir mejorando la situación de los niños sin distinción y procurar se desarrollen en condiciones de paz y seguridad
    *Es necesario aumentar la protección de los niños con miras a evitar que participen en conflictos armados
  • PROTOCOLO FACULTATIVO A LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO RELATIVO A LA VENTA DE NIÑO, LA PROSTITUCIÓN INFANTIL Y LA UTILIZACIÓN DE NIÑOS EN LA PORNOGRAFÍA - ONU

    PROTOCOLO FACULTATIVO A LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DEL NIÑO RELATIVO A LA VENTA DE NIÑO, LA PROSTITUCIÓN INFANTIL Y LA UTILIZACIÓN DE NIÑOS EN LA PORNOGRAFÍA - ONU
    Fecha de ratificación: 30 de abril de 2002
    *Recalcan que los gobiernos deben proteger a los niños y niñas de todas las formas de explotación y abusos sexuales y tomar todas las medidas posibles para asegurar que no se les secuestra
    *Protege a los niños y niñas de la venta con objetivos no sexuales, como por ejemplo otras formas de trabajo forzado, adopciones ilegales o donación de órganos.
    *Ofrece definiciones de delitos como "venta de niños", "prostitución infantil" y "pornografía infantil"
  • COVENIO 182 SOBRE LAS PEORES FORMAS DE TRABAJO INFANTIL Y LA ACCIÓN INMEDIATA PARA SU ELIMINACIÓN - OIT

    COVENIO 182  SOBRE LAS PEORES FORMAS DE TRABAJO INFANTIL Y LA ACCIÓN INMEDIATA PARA SU ELIMINACIÓN - OIT
    Fecha de ratificación: 21 de agosto de 2001
    Prohibe:
    *Todas las formas de esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, como la venta y el tráfico de niños, la servidumbre por deudas y la condición de siervo, y el trabajo forzoso u obligatorio
    *La utilización, el reclutamiento o la oferta de niños para la prostitución
    *Todo el trabajo que, por su naturaleza o por las condiciones en que se lleva a cabo, es probable que dañe la salud, la seguridad o la moralidad de los niños.
  • LEGISLACIÓN SOBRE SALUD MENTAL Y DERECHOS HUMANOS - OMS

    LEGISLACIÓN SOBRE SALUD MENTAL Y DERECHOS HUMANOS - OMS
    *Fue diseñado para tratar toda una diversidad de necesidades y prioridades en el desarrollo de políticas y la planificación de servicios
    *Proporciona información detallada sobre el
    proceso de desarrollo de políticas y su puesta en práctica a través de planes y programas.
    *Busca colaborar a la integración de las personas con trastornos mentales en la comunidad, mejorando de esta forma su calidad de vida.
  • CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - OEA

    CONVENCIÓN INTERAMERICANA PARA LA ELIMINACIÓN DE TODAS LAS FORMAS DE DISCRIMINACIÓN CONTRA LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - OEA
    Fecha de ratificación: 8 de agosto de 2002, Tratado en vigor partir de 27 de febrero de 2003
    *Reafirma que las personas con discapacidad tienen los mismos derechos humanos y libertades fundamentales que otras personas
    *Define el término "discapacidad" como una deficiencia física, mental o sensorial, ya sea de naturaleza permanente o temporal, que limita la capacidad de ejercer una o más actividades esenciales de la vida diaria, que puede ser causada o agravada por el entorno económico y social
  • LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA - Congreso de la República de Guatemala

    LEY DE PROTECCIÓN INTEGRAL DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA - Congreso de la República de Guatemala
    *Es una ley que funciona como un instrumento jurídico de integración familiar y promoción social
    *Persigue lograr el desarrollo integral y sostenible de la niñez y adolescencia guatemalteca, dentro de un marco democrático e irrestricto respeto a los derechos humanos
    *Promueve el desarrollo integral de la niñez y adolescencia
    guatemalteca, especialmente de aquellos con sus necesidades parciales o totalmente insatisfechas
  • CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE TODOS LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS Y SUS FAMILIAS - ONU

    CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LA PROTECCIÓN DE LOS DERECHOS DE TODOS LOS TRABAJADORES MIGRATORIOS Y SUS FAMILIAS - ONU
    Fecha de ratificación: 7 de marzo de 2003
    *Es un tratado de la ONU que busca el respeto de los derechos de los trabajadores migrantes y de sus familias
    *Da un marco jurídico mínimo, sobre las condiciones laborales de los trabajadores migratorios, quienes sufren difíciles condiciones laborales
    *Busca implantar medidas para erradicar los movimientos migratorios clandestinos, castigando principalmente a traficantes, pero también a empleadores de migrantes en situación irregular
  • RECOMENDACIÓN SOBRE EL DESARROLLO DE LOS RECURSOS HUMANOS - OIT

    RECOMENDACIÓN SOBRE EL DESARROLLO DE LOS RECURSOS HUMANOS - OIT
    *Busca formular, aplicar y revisar unas políticas nacionales de desarrollo de los recursos humanos, educación, y aprendizaje permanente que sean compatibles con las políticas adoptadas en los ámbitos económico, fiscal y social.
    *Define políticas de desarrollo de los recursos humanos, de educación, de formación y de aprendizaje permanente.
    *Propone se reduzcan la desigualdad en lo que respecta a la participación en la educación y la formación
  • MANUAL TÉCNICO DE ACCESIBILIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD AL ESPACIO FÍSICO Y TRANSPORTE EN GUATEMALA - CONADI/Crearquitectura

    MANUAL TÉCNICO DE ACCESIBILIDAD DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD AL ESPACIO FÍSICO Y TRANSPORTE EN GUATEMALA - CONADI/Crearquitectura
    *Busca humanizar nuestro entorno tomando en cuenta que debemos pensar en la situación actual de las personas con diversas discapacidades
    *Presenta distintas barreras de carácter social, económico y arquitectónico las cuales impiden la participación, la integración y la accesibilidad de todos.
    *Propone desarrollar la sensibilidad en la sociedad guatemalteca, ya que es esta con quién día a día la persona con discapacidad y/o movilidad reducida convive
  • MANUAL DE RECURSOS DE LA OMS SOBRE SALUD MENTAL, DERECHOS HUMANOS Y LEGISLACIÓN - OMS

    MANUAL DE RECURSOS DE LA OMS SOBRE SALUD MENTAL, DERECHOS HUMANOS Y LEGISLACIÓN - OMS
    *Tiene el objeto de asistir a los países en la redacción, adopción e implementación de la legislación sobre salud mental.
    *Subraya los temas y principios más bien subraya más importantes que deben ser incorporados a la legislación.
    *Contienen muchos ejemplos de diversas experiencias y prácticas, como también extractos de leyes u otros documentos de carácter legal de diferentes países.
    *Desarrollar tres elementos fundamentales de una legislación efectiva: el contexto, el contenido y el proceso.
  • POLÍTICA NACIONAL EN DISCAPACIDAD - CONADI

    POLÍTICA NACIONAL EN DISCAPACIDAD - CONADI
    *Esta política es el resultado de un amplio proceso de consulta y
    participación de personas con discapacidad,organizaciones de y para personas con discapacidad y de organismos e instituciones del Gobierno de la República
    *Participaron más de 500 personas de todos los departamentos del país, a través de 13 talleres que se realizaron entre los meses de octubre de 2005 y marzo de 2006, tanto en la Ciudad de Guatemala, como en las ciudades de Quetzaltenango y Santa Cruz, en el Departamento de Zacapa
  • DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS - ONU

    DECLARACIÓN DE LAS NACIONES UNIDAS SOBRE LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS INDÍGENAS - ONU
    *Es un marco para el tratamiento de los pueblos indígenas del mundo y será una herramienta crucial en pro de la eliminación de las violaciones de los derechos humanos cometidas contra 370 millones de indígenas en todo el mundo y apoyarlos en su lucha
    *Precisa los derechos colectivos e individuales de los pueblos indígenas, especialmente sus derechos a sus tierras, bienes, recursos vitales, territorios y recursos, a su cultura, identidad y lengua, al empleo, la salud, la educación
  • CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - ONU

    CONVENCIÓN INTERNACIONAL SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - ONU
    Fecha de ratificación: 5 de diciembre de 2008
    *Es un instrumento internacional de derechos humanos destinado a proteger los derechos y la dignidad de las personas con discapacidad
    *Tienen la obligación de promover, proteger y garantizar el pleno disfrute de los derechos humanos de las personas con discapacidad y garantizar que gocen de plena igualdad ante la ley
    *Señala un “cambio paradigmático” de las actitudes y enfoques respecto de las personas con discapacidad
  • PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - ONU

    PROTOCOLO FACULTATIVO DE LA CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD - ONU
    *Establece un mecanismo de denuncias individuales de la Convención similares a los mecanismos de aplicación del pacto
    *Las partes se comprometen a reconocer la competencia del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para examinar quejas de individuos o grupos que afirman sus derechos en virtud de la Convención han sido violados
    *Las partes podrán autorizar al Comité a investigar, informar y formular recomendaciones sobre "graves o sistemáticas violaciones" de la Convención.
  • ESTATUTO DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL Decreto del Congreso: 3-2012 - Congreso de la República de Guatemala

    ESTATUTO DE LA CORTE PENAL INTERNACIONAL Decreto del Congreso: 3-2012 - Congreso de la República de Guatemala
    *El Estado guatemalteco está adherido formalmente al Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, quien tendrá competencia para juzgar a personas guatemaltecas acusadas de haber participado en genocidio, crímenes de lesa humanidad, de guerra y en el crimen de agresión.
    *La importancia de la CPI radica en que su función primordial es juzgar a individuos
    *La CPI puede intervenir cuando las instituciones nacionales de justicia no tienen voluntad de castigar a estos individuos o son incapaces
  • MANUAL TÉCNICO DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL - INGUAT

    MANUAL TÉCNICO DE ACCESIBILIDAD UNIVERSAL - INGUAT
    *Expone que Guatemala cuenta con una población considerable de personas con discapacidad (PCD) que necesitan apoyo para
    llevar a cabo una vida digna
    *Exponen que existe una demanda considerable para atender este segmento de turistas que nos visitan para brindar un buen servicio y percibir un importante flujo de ingresos
    *Fue elaborado como una herramienta de apoyo técnico para orientar a los planificadores y/o ejecutores de proyectos turísticos
  • REGLAMENTO DE LA PROCURADORÍA DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA - PGN

    REGLAMENTO DE LA PROCURADORÍA DE LA NIÑEZ Y LA ADOLESCENCIA - PGN
    *Es emitido para que permita mejorar de forma dinámica los servicios que se brindan a favor de los niños, niñas y adolescentes guatemaltecos y migrantes no acompañados
    *Es de cumplimiento obligatorio para todo funcionario que desempeña las funciones de la PGN de la niñez y adolescencia
    *Su fin es la efectividad y celeridad en los procesos que se realizan.
  • INICIATIVA DE LEY 5603 QUE DISPONE APROBAR LEY QUE RECONOCE LA LENGUA DE SEÑAS EN GUATEMALA - Congreso de la República de Guatemala

    INICIATIVA DE LEY 5603 QUE DISPONE APROBAR LEY QUE RECONOCE LA LENGUA DE SEÑAS EN GUATEMALA - Congreso de la República de Guatemala
    *Pretende la Lengua de Señas de Guatemala, como un medio de comunicación, conformado por el conjunto de gestos característicos con gramática propia de las personas sordas y sordociegas de Guatemala.
    *Plantea en el país existe un alto porcentaje de población que presenta sordera, de esta población un mínimo porcentaje, tienen acceso a la educación, salud, comunicación e integración en iguales oportunidades en los diversos ámbitos sociales que incidan en mejorar las condiciones de vida