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HISTORIA DE LA ADMINISTRACIÓN PUBLICA EN MÉXICO

  • Primera etapa de la Administración Pública Federal en México 1821

    Primera etapa de la Administración Pública Federal en México 1821
    Para poner todo en orden en cuanto a la Administración Pública se establecen cuatro ministerios (antes así llamados):
    • Secretaría de Relaciones Exteriores e Interiores.
    • Secretaría de Justicia y Negocios Eclesiásticos.
    • Secretaría de Hacienda Pública.
    • Secretaría de Marina y de Guerra.
  • En el año de 1824.

    En el año de 1824.
    Se establece en la Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos, que habrá cierto número de secretarios y una ley para los negocios del gobierno, esto estipulado en el artículo 117.
  • En el año de 1857

    En el año de 1857
    Se facultó al presidente nombrar a los secretarios y cambiar el nombre de los ministerios
  • En el año de 1917.

    En el año de 1917.
    Venustiano Carranza creó secretarías, y departamentos, y, siendo el encargado del poder ejecutivo federal, expidió el 25 de diciembre del mismo año la Ley de Secretarías de Estado.
    De esta manera, los encargados del poder ejecutivo, se vieron en la necesidad de crear, modificar o quitar algunas secretarías, esto con el fin de adaptarse y satisfacer las necesidades políticas, sociales y económicas.
  • En el año de 1958

    En el año de 1958
    La última ley que se expidió fue la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal Mexicana. Se envió un proyecto de una nueva Ley de Secretarías y Departamentos de Estado, esta ha venido a derogar el ordenamiento de las secretarías y departamentos, así como la facultad que tiene el ejecutivo federal para nombrar a secretarios que estén al frente de éstas, este ordenamiento y facultad sigue vigente hasta hoy.
  • Estructura Actual

    Estructura Actual
    Se creó la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal; de acuerdo con la Administración Pública Federal.
    Encargándose de los siguientes asuntos:
    * Dar apoyo técnico jurídico al Presidente de la República.
    * Dar opinión al Presidente de la República sobre los proyectos de tratados a celebrar.
    * Revisar los proyectos de reglamentos, decretos, acuerdos, nombramientos, resoluciones presidenciales.
    * Coordinar los programas de normatividad jurídica de la Administración Pública Federal.