Historia, desarrollo y evolución de la seguridad y salud en el trabajo.

  • Primer antecedente de la seguridad social.

    Primer antecedente de  la seguridad social.
    El 15 de febrero de 1819, durante el congreso de Angostura, el libertador Simón Bolívar enunció que : "El sistema de gobierno más perfecto sería aquél que produjese mayor suma de felicidad posible, mayor suma de Seguridad Social y mayor suma de estabilidad política".
  • Primera política orientada hacia la seguridad de los trabajadores.

    Primera política orientada hacia la seguridad de los trabajadores.
    El General Rafael Uribe Uribe es el primero en hablar de conceptos de seguridad en el trabajo, tales como, protección del trabajador frente a los peligros y riesgos laborales, lo que más tarde se convertiría en la "Ley Uribe".
  • Indemnización para trabajadores.

    Indemnización para trabajadores.
    El General Rafael Uribe plantea que se debe indemnizar a los trabajadores por accidentes de trabajo, realizando la comparativa de por qué a los soldados se les daba licencia por heridas y a los trabajadores no les daban incapacidad laboral.
  • Accidentalidad laboral y enfermedades profesionales

    Accidentalidad laboral y enfermedades profesionales
    Ley 57 de 1915, es conocida como la “ley Uribe” y habla
    sobre accidentalidad laboral y enfermedades profesionales. Estableció la primera definición de accidente de trabajo y se convierte en la primera ley sobre la seguridad y salud en el trabajo del país. Estableció la responsabilidad del empleador, las prestaciones económico-asistenciales, la clase de incapacidad, la pensión de sobreviviente y la indemnización en caso de limitaciones físicas causadas por el trabajo.
  • Higiene y sanidad para empleados y empleadores.

    Higiene y sanidad para empleados y empleadores.
    Se promulgó la Ley 46 de 1918, que dictaminaba de medidas de higiene y sanidad para empleados y excepciones.
  • Seguro de vida colectivo para empleados,

    Seguro de vida colectivo para empleados,
    Se publica en Colombia:
    La Ley 4 de seguridad en empresas petroleras,
    La Ley 26 de Protección de Minas,
    La Ley 37 de Seguro Colectivo.
  • Oficina de medicina laboral

    Oficina de medicina laboral
    Se creó en Bogotá la primera oficina de medicina laboral, cuyo objetivo era el diagnóstico y reconocimiento de los accidentes de trabajo, enfermedades profesionales para poder indemnizar a los trabajadores, posteriormente crearon una red a nivel nacional, la cual fue conocida como oficina nacional de medicina e higiene industrial, adscrita al ministerio del trabajo.
  • La seguridad social.

    La seguridad social.
    El ministerio de salud desarrolla un plan de salud ocupacional: medicina, higiene y seguridad industrial.
    Se establece la legislación laboral, en donde se habla de los riesgos del trabajo.
  • Creación del Ministerio de la Protección Social.

    Creación del Ministerio de la Protección Social.
    Mediante la Ley 96 de 1938, se crea la entidad hoy conocida como Ministerio de la Protección Social, que es el ente regulador que determina las normas y directrices en salud pública.
    En este mismo año, la Ley 53 otorgó protección a la mujer embarazada, brindándole derecho a 8 semanas de licencia remunerada en la época del parto.
  • Seguro Obligatorio e indemnizaciones para accidentes de trabajo

    Seguro Obligatorio e indemnizaciones para accidentes de trabajo
    Se crea la Ley 44 de 1939 da origen a la creación del seguro obligatorio e indemnizaciones para accidentes de trabajo.
    Promulgaba los fundamentos del Código Sustantivo del trabajo y la obligación de proteger a los empleados en su trabajo.
  • Salud ocupacional.

    Salud ocupacional.
    Se desarrolló por medio de la Ley 6 de 1945 la legislación sobre salud ocupacional y en la cual figura la primera ley sobre normas de salud ocupacional.
  • Creación del Instituto de Seguros Sociales

    Creación del Instituto de Seguros Sociales
    La Ley 90 de 1946 creó el Instituto Colombiano de Seguros Sociales con el objetivo de brindar los servicios de salud y pensiones a los trabajadores del sector privado. También, en 1946 se crea la Sociedad Colombiana de Medicina del Trabajo, desarrollando importante labor de promoción en este campo.
  • Primer comité sobre salud en el trabajo.

    Primer comité sobre salud en el trabajo.
    Se publicó el Código sustantivo del trabajo con base en lo establecido en el Decreto 2663 y 3743 con el cual se establecieron múltiples normas relativas a la salud ocupacional como a jornada laboral, descaso obligatorio, las prestaciones entre otras.
  • Salud ocupacional.

    Salud ocupacional.
    La Ley 9 de 1979 fue la primera aproximación
    real del gobierno a la protección de la salud del trabajador, en especial su artículo 81 que señala que la salud de los trabajadores es una condición indispensable para el desarrollo socioeconómico del país. También, se da lugar a la Resolución 2400 de 1979, por la cual se establece algunas disposiciones sobre higiene y seguridad en los establecimientos de trabajo.
  • Programas de Salud Ocupacional en las empresas.

    Programas de Salud Ocupacional en las empresas.
    Decreto 614 de 1984, Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de Salud Ocupacional en el país para el mejoramiento de las condiciones de trabajo y con el objeto de orientar las acciones y programas de las instituciones y entidades públicas y privadas.
  • Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.

    Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial.
    Resolución 2013 de 1986, Por la cual se reglamenta la organización y funcionamiento de los Comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo y se cambia el nombre por Comité Paritario de Salud Ocupacional.
  • Constitución Política de 1991.

    Constitución Política de 1991.
    La Constitución de Colombia de 1991 establece el derecho a un ambiente de trabajo seguro y saludable como un derecho fundamental. Este documento es la base para el desarrollo posterior de la legislación en SST en el país.
  • Sistema general de riesgos profesionales.

    Sistema general de riesgos profesionales.
    Ley 100 de 1993, se encarga de prevenir, proteger, atender y de garantizar a la población el amparo en la vejez, la invalidez, y los efectos de las enfermedades y/o accidentes laborales.
  • Riesgos profesionales, afiliaciones y cotizaciones.

    Riesgos profesionales, afiliaciones y cotizaciones.
    Decreto 1295 de 1994,en el cual se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales. El decreto trata acerca de los riesgos profesionales y su clasificación, la afiliación, de las prestaciones asistenciales, de las prestaciones por incapacidad, de la administración del sistema.
  • Afiliación al SGRP.

    Afiliación al SGRP.
    El Decreto 2800 de 2003 establece la afiliación al SGRP de trabajadores independientes.
  • Modificación del sistema de riesgos laborales.

    Modificación del sistema de riesgos laborales.
    Ley 1562 de 2012, En este se modifica el sistema de riesgos laborales, tales como, el artículo 13 del Decreto-ley 1295 de 1994 sobre las afiliaciones y se agregan otras disposiciones para seguridad ocupacional.
  • Implementación del SG-SST en las empresas.

    Implementación del SG-SST en las empresas.
    Decreto 1443 de 2014, Por el cual se tiene como objetivo brindar las directrices obligatorias de como implementar el SG-SST en las empresas. Contienes las definiciones propias de SST, políticas, Planificación, Identificación de Peligros, Evaluación y Valoración de los Riesgos, entre otros.
  • Decreto Único Reglamentario del Sector Trabajo.

    Decreto 1072 de 2015, el objetivo es compilar la normatividad vigente del sector Trabajo, evalúa el cumplimiento de la norma mediante criterios de auditoria en seguridad y salud en el trabajo. El Ministerio de Trabajo fomenta políticas y estrategias para la generación de empleo estable, la formalización laboral, la protección a los desempleados, la formación de los trabajadores, la movilidad laboral, las pensiones y otras prestaciones. Su última modificación fue el 30 de enero del 2023.
  • Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST).

     Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST).
    Resolución 0312 de 2019, el Ministerio del Trabajo impulsó los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST). Las empresas, trabajadores y contratantes con diez (10) o menos trabajadores clasificados con riesgo I, II o III deben cumplir estándares mínimos, con el fin de proteger la seguridad y salud de los trabajadores.