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Módulo 2. Evolución normativa del Derecho a la Protección de Datos Personales en México

  • Antecedentes históricos

    Antecedentes históricos
    En 1888 Thomas Cooley habló ya del “derecho a ser dejado solo”, a ser dejado en paz; “the right to be let alone”81. En 1890 Samuel Warren y Louis Brandeis publican en la Harvard Law Review82 su famoso artículo “The Right to Privacy”.
  • Convenios internacionales

    Convenios internacionales
    A nivel mundial el artículo 12 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, de 10 de diciembre de 1948, refleja el interés universal por la protección de datos de particulares.
  • Convenios Internacionales

    Convenios Internacionales
    En América Latina el antecedente inmediato es el artículo 11 de la Convención Americana de Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica), de 1966.
  • Convenios Internacionales

    Convenios Internacionales
    El Convenio 108 para la protección de las personas suscrito en 1981, en Europa, es el primer instrumento vinculatorio y el 26 de abril del 2006 el Comité de Ministros del Consejo de Europa resolvió declarar el 28 de enero como el “Día de la protección de los Datos Personales”,
  • Convenios Internacionales

    Convenios Internacionales
    Otro instrumento de protección a los datos personales es la Carta de los Derechos Fundamentales de la Unión Europea suscrita en Niza el 7 de diciembre de 2000.
  • Legislación Mexicana

    Legislación Mexicana
    El primer instrumento normativo en materia de protección de datos personales, en nuestra legislación, es la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 11 de julio de 2002.
  • Legislación Mexicana

    Legislación Mexicana
    Una de las Reformas trascendentes para la vida jurídica de nuestro país en materia de protección de datos fue publicada el 20 de julio de 2007 en el Diario Oficial de la Federación para formalizar el cambio de denominación de la ley para quedar como Ley Federal de Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales.
  • Reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

    Reformas a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
    El poder legislativo hace suya la protección constitucional de los datos personales con la Reforma al artículo 16 Constitucional publicada en el DOF el 1 de junio de 2009, que establece: "Toda persona tiene derecho a la protección de sus datos personales, al acceso, rectificación y cancelación de los mismos, así como a manifestar su oposición; se exceptúan datos en materia de seguridad nacional, disposiciones de orden público, seguridad y salud públicas o para proteger los derechos de terceros".
  • Legislación actual del Derecho a la Protección de Datos Personales

    Legislación actual del Derecho a la Protección de Datos Personales
    No solo el poder público esta obligado a respetar los datos personales es por ello que al sector privado le es aplicable la Ley Federal de Protección de Datos Personales en posesión de los Particulares (LFPDPPP) publicada en Diario Oficial de la Federación 5 de julio de 2010,que implementa reglas de salvaguarda para las empresas y entidades privadas que tengan en su poder datos de particulares.
  • Legislación actual del Derecho a la Protección de Datos Personales

    Legislación actual del Derecho a la Protección de Datos Personales
    Después de varios años se modifica la legislación en torno a datos personales en posesión del sector público federal y actualmente se encuentra vigente la LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN PÚBLICA publicada en el DOF 9 del Mayo de 2016, misma que ABROGÓ LA LEY FEDERAL DE TRANSPARENCIA Y ACCESO A LA INFORMACIÓN
    PÚBLICA GUBERNAMENTAL que databa de 2002.