Línea del tiempo

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    PUEBLOS PRIMITIVOS

    PUEBLOS PRIMITIVOS
    Durante las etapas primitivas de los pueblos, en todas las manifestaciones culturales, en el arte, en la religión, en la ciencia embrionaria, en la moral o en el derecho, sucede un fenómeno de paralelismo, es decir, se presentan rasgos similares de evolución. Así, en cualquier comunidad primitiva observamos que la administración de justicia está en manos de un jefe, de un consejo de ancianos o de un brujo y que la solución de los litigios tendrá características místicas o mágicas religiosas.
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    EL PROCESO EN ROMA

    EL PROCESO EN ROMA
    Pueblo jurista y guerrero, con un orden judicial público, y privado enmarcado en las acciones de ley, proceso formulario y proceso extraordinario, las partes acuden ante un magistrado, todo el proceso se desenvuelve ante un solo funcionario, el cual analiza las pretensiones y resistencias de los litigantes, luego conduce el proceso a través de sus pasos y dicta una resolución. Encuentra su fundamento procesal en la ley de las XII tablas. Existe un exceso rigorista y formalista.
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    LOS GERMANICOS

    LOS GERMANICOS
    Caracterizado por un derecho publicista, prevalece el derecho de intereses de la colectividad, sus litigios eran conocidos por una asamblea del pueblo (ding) en la que el juez solo intervenía como investigador del derecho y director en los debates, la sentencia era dictada por la asamblea, tenían un procedimiento público, oral y formalista.
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    PROCESO MEDIEVAL ITALIANO

    PROCESO MEDIEVAL ITALIANO
    Jurisdicción a manos de funcionarios. la citación con plazo dentro del cual se presenta la demanda, contra esta el demandado puede oponer excepciones, se recibe pleito a prueba con reglas determinadas, sentencia puede ser impugnada (amparo directo). A mitad del siglo xiii surgen los juicios sumarios, el procedimiento ejecutivo, el proceso de mandato condicionado o no condicionado y el procedimiento de embargo. Surge también el procedimiento rápido, antecedente del hoy juicio sumario.
  • ANTIGUO ENJUICIAMIENTO ESPAÑOL

    ANTIGUO ENJUICIAMIENTO ESPAÑOL
    Con influencia romana. Del espíritu romano y germano surge el fuero juzgo que tiene un sello humanista y filosófico, aunque de poca aplicación. Un ordenamiento importante fue el código de las partidas de 1265, el cual retornó al proceso clásico romano y que en su partida iii tiene como antecedente de derecho procesal, al digesto. La tercera partida se proyecta como fuente de inspiración de la mayoría de códigos de procedimientos civiles hispanoamericanos.
  • LA REVOLUCION FRANCESA Y LA CODIFICACION

    LA REVOLUCION FRANCESA Y LA CODIFICACION
    Movimiento social económico y filosófico, con el triunfo de la burguesía sobre la nobleza y el feudalismo. Basado en la filosofía de la ilustración e ideas de rousseau, montesquieu, voltaire y locke. Movimiento individualista, se dan garantías individuales, lucha de clases, surge la codificación francesa, que tiene como mérito el separar códigos de derecho adjetivo y procesal, código civil, penal, procesal civil y de procedimientos penales y el código de comercio.
  • PROCESO INQUISITORIAL

    PROCESO INQUISITORIAL
    Consta de 3 etapas:
    1. Proceso inquisitorial: el juez ejercicio todo el poder, es juzgador e investigador.
    2. Proceso dispositivo: el estado es un ente de autoridad, el juez es espectador y dicta la razón jurídica a quien le corresponde, hay imparcialidad.
    3. Proceso publicista: crea ramas especiales del derecho como el agrario y laboral, protege el interés colectivo y es de orden público. El estado protege derechos e intereses de grupo o clase, procura encontrar la verdad.