Gama

Línea del tiempo de la historia y la evolución de la seguridad y salud en el trabajo, en Colombia y en el mundo.

  • 3000 BCE

    Edad de bronce

    Edad de bronce
    Según Letayg y González, México 1994, describen en su trabajo como el hombre inicia actividades que lo exponen a riesgos laborales, pero eran las guerras de la época que más los lesionaban de maner que el hombre adquirió consciencia colectiva de protección, más no lo hizo de manera individual.
  • 3000 BCE

    Egipto, era faraónica.

    Egipto, era faraónica.
    En Egipto se impusieron normas para evitar la propagación de enfermedades, se destacó por innovaciones en materia de seguridad y salud ocupacional en la época de Ramses II hubo mucha consideración con los esclavos y su bienestar, se usuaron arneses, sandalias y andamios como implementos de seguridad. También se describen afecciones oculares y parasitarias ocasionadas por el uso del barro; hallazgos encontrados en el "Papiro Quirúrgico" descubiero de Edwin Smith.
  • 2000 BCE

    Mesopotamia código Hammurabi.

    Mesopotamia código Hammurabi.
    En Mesopotamia los habitantes asociaban las cataratas oculares u opacidades del cristalino con la manufactura y el trabajo artesanal del vidrio, el código de Hammurabi nombre dado por honra al sexto rey de Babilonia contiene principios jurídicos redactados del año 2000 AC, que sancionaba a los habitantes que causaban daños a la sociedad dentro de un contexto laboral.
  • 460 BCE

    Grecia / Hipócrates, Aristóteles y Dioscóride.

    Grecia / Hipócrates, Aristóteles y Dioscóride.
    Grecia y Roma hicieron sus mayores aportes en la salud ocupacional dondes se protegían a los trabajadores de la construcción y en el área de la minería se trabajó en las enfermedades por la intoxicación, Hipócrates escribió un tratado sobre las enfermedades de los mineros, los síntomas de la intoxicación por mercurio y plomo y los baños que recomendaban para evitar la saturación de plomo, escribiendo un tratado llamado "aires, agua y lugares".
  • 60

    Roma/Plinio y Galeno.

    Roma/Plinio y Galeno.
    Plinio fue el primero en describir la enfermedad en los esclavos que laboraban en las minas, en esa época se le exigía a los patrones medidas de seguridad para sus trabajadores y Galeno estudió las enfermedades de los mineros, de los curtidores y de los gladiadores. Estudio las enfermedades respiratorias
  • 1400

    Era renacentista/Francia.

    Era renacentista/Francia.
    En Francia en el siglo X surgen las primeras leyes que protegen a los trabajadores, la creación de la imprenta permite editar diversos documentos, haciendo Alemania la impresión del primer panfleto que se ocupa de la seguridad del trabajador y Vesalio hace grandes aportes en salud para la época, George Agrícola y Paracelso, estudia y describe las enfermedades laborales frecuentes para la época, entre otros.
  • La edad moderna.

    La edad moderna.
    La edad moderna hizo grandes aportes a la salud ocupacional, eruditos como Glauber, Porcio y Secreta, Plemp, Kircher, Walter Pope hacen grandes estudios en los trabajadores de diferentes disciplinas y militares. Bernardino Ramazzini hizo un gran aporte a la salus ocupacional en sus tratados donde relaciona el trabajo con la salud. Tanquerel Des Planches también aportó y sin dejar de nombrar a Friederich Hoffman, Giovanni Scopali y Percival Pott, entre otros grandes de esta era.
  • La revolución industrial.

    La revolución industrial.
    En su despertar, esta era fue el gran salto entre lo artesanal y agrícola al proceso de la industrialización inicialmente manual y luego la mecanizada con grandes inventos como la manivela, las bombas de agua, los telares, la máquina de vapor, lo cual indujo a la migración del campo a las grandes ciudades donde se acentaron las industrias, trayendo este éxodo serios problemas sociales en estructura y salubridad creando un gran caos.
  • Seguridad y salud ocupacional post revolución industrial.

    Seguridad y salud ocupacional post revolución industrial.
    Surgieron leyes que protegían a los trabajadores que reglamentaban las condiciones de seguridad mínimas necesarias, limitaron las jornadas labores y fijaron niveles mínimos para la higiene y la educación. Personas como Robert Owen, Carlos III, Robert Backer, Instituto Luis Pasteur, Engels, Carl Marx, Taylor, Fayol,Weber, todos ellos realizaron grandes aportes en la elaboración de normas, estudios sobre condiciones laborales, implementos de seguridad, estudio de enfermedades e higiene.
  • La industrialización de la seguridad.

    La industrialización de la seguridad.
    Empieza a funcionar la Organización Internacional del trabajo (OIT), todas las ciencias hacen grandes aportes para la seguridad industrial, se publican grandes tratados de seguridad insdustrial, se fundan grandes instituciones de higiene y las universidades como Harvard, estudian la seguridad e higiene en el trabajo, en esta era surgen los grandes investigadores en la seguridad laboral y los países desarrollan leyes en el tema, lo que se mantiene hasta nuestros días y va de forma creciente.
  • Inicios en Colombia - Ley Uribe.

    Inicios en Colombia - Ley Uribe.
    Ley 57 de 1915 conocida como la Ley Uribe, en el que Rafael Uribe Uribe trata el tema de la seguridad en el trabajo la cual habla sobre accidentalidad laboral y enfermedades profesionales, atendió el tema de la asistencia médica y farmacéutica y el pago de indemnizaciones en caso de incapacidad o muerte.
  • Ley 46 de 1918/ Ley 37 de 1921/ Ley 10 de 1934/Ley 96 de 1938/Ley 44 de 1939 y el decreto 2350 de 1944.

    Ley 46 de 1918/ Ley 37 de 1921/ Ley 10 de 1934/Ley 96 de 1938/Ley 44 de 1939 y el decreto 2350 de 1944.
    Las siguientes leyes tuvieron como objetivo reforzar la protección de los trabajadores ante los riesgos laborales y las consecuencias en la salud. La Ley 46 define medidas de higiene y sanidad, la Ley 37 establece un seguro de vida colectivo, la Ley 10 define la enfermedad profesional, regula cesantías, vacaciones y contratación, la Ley 96 crea el Ministerio de la Protección Social, la Ley 44 crea el seguro obligatorio y el decreto 2350 promulga la base del Código de Trabajo.
  • Instituto colombiano de seguros sociales/ Ley 6 y ley 90.

    Instituto colombiano de seguros sociales/ Ley 6 y ley 90.
    En el año 1945 se aprobó la ley 6 que es la ley general del trabajo que trata todo lo referente a las convenciones de trabajo, asociaciones profesionales y jurisdicción especial en lo laboral, recibiendo enmiendas con los decretos 1600 y 1848, al año siguiente la ley 90 crea el Instituto de Seguros Sociales, para prestar servicios de salud y pensión a los trabajadores, en el 48 el acto legislativo Nº 77, crea la oficina nacional de medicina e higiene industrial aportando luego el decreto 3767.
  • Instituto de Seguros Sociales.

    Instituto de Seguros Sociales.
    Inicialmente se atendían pacientes de enfermedad general y maternidad, en el año 1965 durante el mandato de Guillermo León Valencia se extendió a accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, luego en el 67 en el período de Carlos LLeras Restrepo, se ampliaron los beneficios a los riesgos de invalidez, vejez y muerte, pero solo se dedicaban a la reparación de daños más que a la prevención, era más diagnósticos y tratamientos, pensiones por incapacidad e indemnizacionesd.
  • Código Sanitario Nacional / Ley 9 de 1979.

    Código Sanitario Nacional / Ley 9 de 1979.
    Con el crecimiento global de la consciencia de los estados en la explotación de los trabajadores, el estado colombiano adoptò modelos europeos en su legislación como el modeo alemán y el británico, la ley 9 de 1979 fue el primer paso para la nueva protección de la salud del trabajador, siendo el artículo 81 su artículo insignia, el cual resalta la salud de los trabajadores como condición vital para el desarrollo socio económico del país.
  • Resolución 2400 de 1979 , 2413 DE 1979, 8321 DE 1983.

    Resolución 2400 de 1979 , 2413 DE 1979, 8321 DE 1983.
    Resolución 2400 de 1979 se establecen disposiciones sobre vivienda, higiene y seguridad industrial en los establecimientos de trabajo.
    RESOLUCIÓN 2413 DE 1979, dicta el Reglamento de Higiene y Seguridad para la Industria de la Construcción.
    RESOLUCION 8321 DE 1983, Por la cual se dictan normas sobre Protección y Conservación de la Audición de la Salud y el bienestar de las personas, por causa de la producción y emisión de ruidos.
  • Precursores de la ley 100.

    Precursores de la ley 100.
    Protección y conservación de la salud de los trabajadores, Ley 9 Resolución 8321 y Resolución 1792/ ambientes de trabajo reguladosi por la resolución 2400 y 2413/ creación de entes de control y regulación, decreto 586, resolución 2013 y 1016, decretos 776, 2177,1294, 1295, 1834, 1346, 1832, preceden la ley 100 sistema general de riesgos profesionales.
  • Decreto 586 de 1983, RESOLUCIÓN 2013 DE 1986, Decreto 1016 DE 1989 y 2177 DE 1989 RESOLUCION 1792 DE 1990

    Decreto 586 de 1983, RESOLUCIÓN 2013 DE 1986, Decreto 1016 DE 1989 y  2177 DE 1989 RESOLUCION 1792 DE 1990
    Decreto 586 de 1983, crea el Comité de salud Ocupacional.
    RESOLUCIÓN 2013 DE 1986, reglamenta la organización de Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo.
    RESOLUCIÓN 1016 DE 1989, reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de Salud Ocupacional que deben desarrollar los empleadores.
    DECRETO 2177 DE 1989, readaptación profesional y el empleo de personas inválidas.
    RESOLUCION 1792 DE 1990, Valores límites permisibles para la exposición ocupacional al ruido
  • Sistema general de riesgos profesionales ARP, EPS, Ley 100 y Decreto 1295.

    Sistema general de riesgos profesionales ARP, EPS, Ley 100 y Decreto 1295.
    La ley 100 fue promulgada en 1993 dando origen al sistema general de riesgos profesionaless, el cual modificó el viejo modelo que usaba el ISS y cambió al modelo de aseguramiento privado de los riesgos ocupacionales que promovía la prevención en accidentes de trabajo y riesgos profesionales, aquí nacen las administradoras de riesgos profesionales, que se encargan de la prevención, asesoría y evaluación en lo laboral y las EPS junto a la IPS velan por la salud y su administración.
  • DECRETO 1294/1994, 1295/1994, 1834 DE 1994, 1346/1994 , 1832/1994

    DECRETO 1294/1994, 1295/1994, 1834 DE 1994, 1346/1994 , 1832/1994
    DTO 1294/1994, autorización a las sociedades sin animo de lucro para asumir riesgos derivados de enfermedad profesional y accidentes de trabajo. DTO 1295/1994, Se determina la organización y administración del Sistema General de Riesgos Profesionales DTO 1834 DE 1994, reglamenta la integración y funcionamiento del Consejo Nacional de Riesgos Profesionales. DTO 1346/1994 Funcionamiento de las Juntas de Calificación de Invalidez.” DTO 1832/1994, adopta la Tabla de Enfermedades Profesionales
  • Plan nacional de salud ocupacional, Resolución 2318, Ley 776.

    Plan nacional de salud ocupacional, Resolución 2318, Ley 776.
    A través de la Resolución 2318 de 1996, se delega y reglamenta la expediciòn de licencias en salud ocupacional para personas naturales y jurídicas, bajo la vigilancia y control del estado y se crea el manual de procedimientos técnico-admisnistrativos en el tema, la Ley 776 de 2002 son normas que hablan sobre la organización, admninstración y prestaciones de SGRP y desde el 2003 se logró el plan nacional de salud ocupacional como herramienta de gestión.
  • Ley 1010 2006

    Ley 1010 2006
    Se adoptan medidas para prevenir, corregir y sancionar el acoso laboral y otros hostigamientos en el marco de las relaciones de trabajo. Tiene por objeto definir, prevenir, corregir y sancionar las diversas formas de agresión, maltrato, vejámenes, trato desconsiderado y ofensivo y en general todo ultraje a la dignidad humana que se ejercen sobre los empleados protegiendo el trabajo en condiciones dignas y justas., la libertad, la intimidad, la honra y la salud mental de los trabajadores
  • Protección de los trabajadores, enfermedades profesionales y riesgos psicosociales.

    Protección de los trabajadores, enfermedades profesionales y riesgos psicosociales.
    El Decreto 2646 de 2008, atiende el estrés y los riesgos psicosociales junto a la ley 1010 vigilando el cumplimiento de la ley ante el acoso laboral, el Decreto 2566 de 2009 actualizó la lista de enfermedades profesionales complementando lo definido en el SGRP, aumentando la protección de los trabajadores, tomando las medidas correctivas necesarias, permitiendo mayor rigurosidad y especificidad en las relaciones causales entre el ambiente de trabajo y los problemas de salud en los trabajadores.
  • Cambio de nombre del SRP por SRL y nacimiento del SG-SST.

    Cambio de nombre del SRP por SRL y nacimiento del SG-SST.
    La Ley 1562 de 2012, contempla el cambio del Sistema de Riesgos Profesionales por Sistema de Riesgos Laborales, cambiando de nombre de programa de salud ocupacional a sistema de la gestión y la seguridad y salud en el trabajo, está incluida la afiliciación obligatoria para estudiantes que pueden verse afectados por una actividad en el aprendizaje. El Decreto 1443 de 2014, sustituye el programa de salud ocupacional por el SG-SST, lo que obliga a las empresas a ajustarse a esta nueva forma.
  • DECRETO 1072 DE 2015

    DECRETO 1072 DE 2015
    Decreto 1072 de 2015 regula el sistema de gestión de seguridad y salud en el trabajo,compila todas las normas que reglamentan el trabajo y que antes estaban dispersas. Este Decreto regula íntegramente las materias contempladas en el, Por consiguiente, de conformidad con el artículo 3 de la Ley 153 de 1887, quedan derogadas todas las disposiciones de naturaleza reglamentaria relativas al sector trabajo que versen sobre las mismas materias.
  • Salud ocupacional en Colombia, tema de alta importancia.

    Salud ocupacional en Colombia, tema de alta importancia.
    La Resolución 1111 de 2017, define los estándares mínimos del SG-SST para empleadores y contratantes, los cuales están obligados a su cumplimiento. Esta se dividió en 5 fases de adecuación y transición: autoevaluación, plan de mejoramiento, ejecución, seguimiento y plan de mejora, inspección, vigilancia y control, siendo sus precursores la Ley 1562, el Decreto 1295, el Decreto 2090, el Decreto 1607, el Decreto 1072, la Resolución 4502 y la Resolución 2013, entre otras.
  • Decreto 52 del 12 de enero de 2017.

    Decreto 52 del 12 de enero de 2017.
    Todos los empleadores públicos y privados, los contratantes de personal bajo cualquier modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, organizaciones de economía solidaria, así como las empresas de servicios temporales, deberán sustituir el Programa de Salud Ocupacional por el Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SG-SST).
  • Resolución 0144 del 23 de enero de 2017.

    Resolución 0144 del 23 de enero de 2017.
    Por el cual se adopta el formato único de identificación de peligros (FUIPSRL). Como requisito para acceder a la afiliación al Sistema General de Riesgos Laborales, los trabajadores independientes que devenguen 1 o más SMMLV, deberán diligenciar el FUIPSRL. Debe modificarse o actualizarse en los siguientes casos:
    1- Por cambio de ocupación u oficio.
    2- En el momento que se identifique un nuevo peligro.
    3- Por accidente de trabajo o enfermedad general.
  • Resolución 3246 de 2018.

    Resolución 3246 de 2018.
    “Por la cual se reglamenta la instalación y uso obligatorio de cintas retrorreflectivas”.
    El objetivo es reglamentar la instalación y uso obligatorio de cintas retrorreflectivas en vehículos tipo: bus, buseta, microbús, camión, camioneta, tractocamión, volqueta, así como en los remolques y semirremolques con un peso bruto vehicular superior a 0.75 toneladas, que transiten por las vías públicas o privadas que están abiertas al público.
  • Resolución 0312 de 2019.

    Resolución 0312 de 2019.
    Establece los estándares mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST. Dichos estándares corresponden al conjunto de normas, requisitos y procedimientos de obligatorio cumplimiento de los empleadores y contratantes, en el ejercicio y desarrollo de actividades en el Sistema de Gestión de SST. Las evaluaciones médicas ocupacionales serán realizadas por médicos especialistas en medicina del trabajo o en seguridad y salud en el trabajo -SST.
  • Implementación de los Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo al Año 2020.

    Implementación de los Sistemas de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo al Año 2020.
    El Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, debe ser implementado por todos los empleadores y consiste en el desarrollo de un proceso lógico y por etapas, basado en la mejora continua, que incluye la política, la organización, la planificación, la aplicación, la evaluación, la auditoría y las acciones de mejora con el objetivo de anticipar, reconocer, evaluar y controlar los riesgos que puedan afectar la seguridad y la salud en el trabajo.