Pasos a seguir para la transferencia de un Fondo de Comercio

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    Primer paso: Aplicar Ley N.11.687 Art 2

    El art 2 dice: Quien quiera transferir un fondo de comercio deberá, previamente, publicar un aviso, por 5 días, en el boletín oficial y en uno o más diarios o periódicos del lugar en el que funciona el establecimiento que se pretende transferir deberá aclarar, al menos, lo siguiente:
    _La Clase y Ubicación del Negocio.
    _El Nombre y Domicilio del vendedor y del comprador.
    _El Nombre y Domicilio del rematador y del escribano.
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    Segundo paso: Aplicar Ley N.11.687 Art 3

    El articulo 3 dice: deberá entregar al presunto comprador previamente una nota firmada que contenga, al menos, la siguiente información:
    _Detalle de los créditos adeudados.
    _Nombre y domicilio de los acreedores.
    _Monto de los créditos adeudados.
    _Fechas de vencimiento.
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    Tercer Paso: Aplicar Ley N.11.687 Art 4

    El art 4 dice: Desde la última publicación realizada, los acreedores tendrán 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia, notificación que deberá cursarse al presunto comprador en el domicilio denunciado en la publicación o, al escribano que intervengan en el acto, reclamando la retención del importe de su crédito y el correspondiente depósito de las sumas retenidas en el banco correspondiente.
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    Cuarto Paso: Aplicar Ley N.11.687 Art 5_Embargo

    El art 5 dice: Desde la notificación de la oposición a la transferencia el acreedor que se hubiera opuesto, tendrá 20 días para trabar embargo judicial. Si el acreedor no trabase el embargo judicial en el plazo indicado, transcurrido el plazo de 20 días, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.
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    Quinto Paso: Aplicar Ley N.11.687 Art 4_Otorgamiento del documento de transferencia.

    El art 4 dice:El documento de transmisión solo podrá firmarse después de transcurrido 10 días desde la ultima publicación. Siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores y/o existiendo oposición, se hubieran realizados los correspondiente retenciones y depósitos.
    El documento de transferencia, para que tenga efecto hacia terceros, deberá:
    - Extenderse por escrito.
    - Inscribirse en el registro publico, dentro de los 10 días de su otorgamiento.