PASOS A SEGUIR PARA UNA TRANSFERENCIA DE UN FONDO DE COMERCIO LEY NRO 11687

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    PASO 1

    art 2 de la ley nro 11687:
    quien desee transferir un fondo de comercio debera, previamente, publicar un aviso por 5 dias en el boletin oficial y en uno o mas diarios o periodicos del lugar en el que funciona el establecimiento que se pretende tranferir
    debera indicar al menos lo siguiente
    la clase y ubicacion del negocio
    el nombre y domicilio del vendedor y del comprador
    el nombre y domicilio del rematador y del escribano, si estos interviniesen
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    PASO 2

    art 3 de la ley nro 11687:
    debera previamente entregar al presunto comprador una nota firmada que contenga al menos la siguiente informacion
    a) detalle de los creditos adeudados
    b) nombre y domicilio de los acreedores
    c) monto de los creditos adeudados
    d) fechas de vencimiento (en caso que ubiera)
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    PASO 3

    art 4 de la ley nro 11687 oposiciones :
    desde la ultima publicacion realizada los acreedores tendran 10 dias para notificar su oposicion a la operacion de transferencia, notificacion que debera cursarse al presunto comprador en el domicilio denunciado en la publicacion o al escribano que intervengan en el acto, reclamando la detencion del importe de su credito y el correspondiente deposito de las sumas retenidas en el banco correspondiente
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    PASO 4

    ART 5 de la ley 11687 EMBARGO :
    desde la notificacion de la oposicion a la transferencia el acreedor que se hubiera opuesto, tendra 20 dias para trabajar en el embargo judicial. Si el acreedor no trabase el embargo judicial en el plazo indicado, transcurrido el plazo de 20 dias, el depositante podra retirar las sumas depositadas en la cuenta
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    PASO 5 art 4 de la ley 11687 OTORGAMIENTO DEL DOCUMENTO DE TRANSFERENCIA:

    el documento de transmision solo podra firmarse despues de transcurrido 10 dias desde la ultima publicacion en los terminos del art 2 de la ley.Siempre y cuando no exista oposicion de parte de los acreedores y/o existiendo oposicion, se hubieran realizado los correspondientes retenciones y depositos.
    El documento de transferencia para producir efectos frente a terceros debera:
    a) extenderse por escrito
    b) inscribirse en el registro publico dentro de los 10 dias de su otorgamiento