PROCEDIMIENTO DE TRANSFERENCIA DE FONDO DE COMERCIO

  • 1 CE

    Art.2- 1° Paso: Publicar un aviso en el Boletín oficial

    Y en 1 o mas periódicos del lugar donde funcione el establecimiento que se quiere transferir (por 5 días)
    El anuncio debe indicar:
    -Clase y Ubicación del negocio
    - Nombre y Domicilio del Vendedor y del Comprador
    - Nombre y Domicilio del Rematador y del Escribano, si interviniesen
  • Period: 1 CE to 8

    LEY N°11687 - REQUISITOS DE VALIDACIÓN

  • 2

    Art.3- 2° Paso: el Vendedor debe entregar al Comprador una nota firmada

    La nota debe contener:
    - Detalle de los créditos adeudados
    - Nombre y Domicilio de los Acreedores
    - Monto de los Créditos Adeudados
    - Fechas de Vencimientos (si las hay)
  • 3

    Art.4- 3° Paso: Oposiciones de los Acreedores

    Desde la publicación realizada según el Art.2 (pasados los 5 dias), los Acreedores tendrán 10 días para notificar su oposición a la operación de transferencia, reclamando la retención del importe de su crédito y el correspondiente deposito de las sumas retenidas en cuenta especial
    El comprador, recibida notificación del acreedor, esta obligado a retener el importe correspondiente a su crédito y depositar dicho monto en una cuenta judicial (especial)
  • 4

    Art.5 - 4° Paso : Embargo

    Desde la notificación de oposición a la transferencia, el acreedor que se hubiere opuesto, tendrá 20 días para trabar embargo judicial, si no lo hace en el plazo indicado, el depositante podrá retirar las sumas depositadas en la cuenta.
  • 5

    Art.4- 5° Paso: Otorgamiento del Documento de Transferencia

    El Documento de Transmicion solo podrá firmarse, después de transcurridos los 10 días desde la ultima publicación realizada (Art.2), y siempre y cuando no exista oposición de parte de los acreedores; y/o habiendo oposición, se hubieran realizado las correspondientes retenciones y depósitos
  • 6

    Efecto del Documento de Transferencia frente a terceros

    Para que el Documento tenga efectos frente a terceros
    DEBE:
    -Extenderse por Escrito
    -Inscribirse en el Registro Publico, dentro de los 10 días de su otorgamiento
  • 7

    Condiciones de Transferencia

    El Monto no sea inferior a los Créditos constitutivos del pasivo de fondo de comercio, a menos que todos los acreedores presten su consentimiento (conformidad unánime)
  • 8

    Consecuencias de su Incumplimiento

    Las Omisiones o Transgresiones a lo establecido hacen responsable solidario al Comprador, Vendedor, Martillero o Escribano por el importe de los créditos impagos