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recorrido de la política

  • Ley 82

    Por medio de la cual se aprueba el Convenio 159 sobre la readaptación profesional y el empleo de personas inválidas, adoptado por la Conferencia General de la Organización Internacional del Trabajo en su 69a. reunión, Ginebra, 1983 Objetivo.
    Artículo 3: Asegurar que existan medidas adecuadas de readaptación profesional al alcance de todas las categorías de personas inválidas y a promover oportunidades de empleo para las personas inválidas en el mercado regular del empleo.
  • Ley 115

    Por la cual se expide la Ley General de Educación.
    Objetivo.
    Artículo 1: Señalar las normas generales para regular el Servicio Público de la Educación que cumple una función social acorde con las necesidades e intereses de las personas, de la familia y de la sociedad. Se fundamenta en los principios de la Constitución Política sobre el derecho a la educación que tiene toda persona, en las libertades de enseñanza, aprendizaje, investigación y cátedra y en su carácter de servicio público.
  • Ley 119

    Por la cual se reestructura el Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, se deroga el Decreto 2149 de 1992 y se dictan otras disposiciones.
    Artículo 4: FUNCIONES. Son funciones del Servicio Nacional de Aprendizaje, SENA, las siguientes:
    9) Organizar programas de formación profesional integral para personas desempleadas y subempleadas y programas de readaptación profesional para personas discapacitadas.
  • Ley 163

    Por la cual se expiden algunas disposiciones en materia electoral.
    ARTÍCULO 16. ACOMPAÑANTE PARA VOTAR. Los ciudadanos que padezcan limitaciones y dolencias físicas que les impidan valerse por sí mismos, podrán ejercer el derecho al sufragio "acompañados" hasta el interior del cubículo de votación. Así mismo los mayores de ochenta (80) años o quienes padezcan problemas avanzados de la visión.
  • Decreto 2082

    Se reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales.
    Artículo 7º.- El PEI de los establecimientos que atiendan educandos con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales, incluirá proyectos personalizados donde se interrelacionen componentes, instrumentos y medios de la estructura del servicio educativo, para que su integración al mismo, procure desarrollar niveles de motivación, competitividad y realización personal.
  • Ley 361

    Por la cual se establecen mecanismos de integración de las personas con limitación y se dictan otras disposiciones y se reconoce a las personas sus derechos fundamentales, económicos, sociales y culturales para su completa realización personal y su total integración social y a las personas con limitaciones severas y profundas la asistencia y protección necesarias.
  • convención interamericana para la eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad

    Establece como principio que "la justicia y Ia seguridad social son bases de una paz duradera"
    Objetivo.
    Artículo II: Los objetivos de Ia presente Convención son Ia prevención y eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en Ia sociedad.
  • ley 762

    La Convención Interamericana para la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra las Personas con discapacidad de la OEA. Objetivo
    Articulo ll: Prevención y eliminación de todas las formas de discriminación contra las personas con discapacidad y propiciar su plena integración en la sociedad
  • Plan nacional decenal de educación

    Objetivo.
    Capítulo I. 3)Generar, desarrollar y fortalecer una cultura de investigación, ciencia, tecnología, humanidades y arte, pertinente, articulada con los contextos y acorde con los objetivos específicos de los diferentes niveles del sistema educativo, con la finalidad de lograr un pensamiento crítico e innovador y un desarrollo humano sostenible, con la participación y el apoyo de los sectores productivo y social.
  • Resolución 2565

    Por la cual se establecen criterios para el servicio educativo a la población con NEE.
    ARTÍCULO 4º. DOCENTES Y OTROS PROFESIONALES APOYO. Las entidades territoriales al asignar profesionales en educación especial, vinculados a la planta de personal como docentes o administrativos, para que desempeñen funciones de apoyo a la integración académica de los estudiantes con NEE tendrán en cuenta que este personal
  • Ley 1145

    Por medio de la cual se organiza el sistema nacional de discapacidad y se dictan otras disposiciones. Objetivo.
    Artículo 1: Impulsar la formulación e implementación de la política pública en discapacidad, en forma coordinada entre las entidades públicas del orden nacional, regional y local, las organizaciones de personas con y en situación de discapacidad y la sociedad civil, con el fin de promocionar y garantizar sus derechos fundamentales, en el marco de los derechos humanos.
  • Decreto 366

    por medio del cual se reglamenta la organización del servicio de apoyo pedagógico para la atención de las PCD y con capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educación.
    Artículo 2: En los derechos, las PCD o que posee capacidad o talento excepcional tiene derecho a recibir una educación sin ningún tipo de discriminación. La pertinencia radica en proporcionar los apoyos que cada individuo para que sus derechos a la educación se desarrollen plenamente.
  • ley 1306

    Por la cual se dictan normas para la Protección de Personas con Discapacidad Mental y se establece el Régimen de la Representación Legal de Incapaces Emancipados.
    Objetivo.
    Artículo 1: protección e inclusión social de toda persona natural con discapacidad mental o que adopte conductas que la inhabiliten para su normal desempeño en la sociedad. La protección de la persona con discapacidad mental y de sus derechos fundamentales será la directriz de interpretación y aplicación de estas normas.
  • Ley 1346

    Por medio de la cual se aprueba la Convención sobre los
    Derechos de las Personas con Discapacidad. Objetivo.
    Artículo 1: Promover, proteger y asegurar el goce pleno y en condiciones de igualdad de todos los derechos humanos y libertades fundamentales por todas las personas con
    discapacidad, y promover el respeto de su dignidad inherente.
  • Resolución 3942

    Por medio de la cual se reglamenta el mecanismo para la selección de los representantes al Consejo Nacional de Discapacidad señalados en los literales d) y e) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007.
    Objetivo.
    Artículo 1: establecer los mecanismos de selección de los miembros del Consejo Nacional de Discapacidad - CND, de que tratan los literales d) y e) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007.
  • Resolución 0624

    Por la cual se realiza la convocatoria para la selección de los representantes al Consejo Nacional de
    Discapacidad -CND señalados en los literales d) y e) del artículo 10 de la Ley 1145 de 2007
  • Ley 1448

    ARTÍCULO 51: Las autoridades educativas adoptarán, en el ejercicio de sus competencias respectivas, medidas necesarias para asegurar el acceso y exención de todo tipo de costos académicos en los establecimientos educativos oficiales en los diferentes niveles académicos a las víctimas señaladas en la presente ley, siempre y cuando estas no cuenten con los recursos para su pago. De no ser posible el acceso al sector oficial, se podrá contratar el servicio educativo con instituciones privadas.
  • Ley 1450

    Por la cual se expide el plan nacional de desarrollo, 2010-2014. Objetivo.
    Artículo 1: consolidar la seguridad con la meta de alcanzar la paz, dar un gran salto de progreso social, lograr un dinamismo económico regional que permita desarrollo sostenible y crecimiento sostenido, más empleo formal y menor pobreza y. en definitiva, mayor prosperidad para toda la población.
  • Decreto 19

    Por el cual se dictan normas para reformar procedimientos y trámites innecesarios existentes en la Administración
    ARTÍCULO 13. Atención a infantes, mujeres gestantes, PCD, adultos mayores y veteranos de la fuerza pública: Todas las entidades que cumplan funciones administrativas, para efectos de sus actividades de atención al público, establecerán mecanismos de atención a infantes, personas con algún tipo de discapacidad, mujeres gestantes, adulto mayor y veterano de la Fuerza Pública
  • Decreto 600

    Por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 1306 de 2009 y se expiden disposiciones en relación con los avales o garantías.
    Dictando normas para la protección de PCD mental y se estableció el régimen de la representación legal de incapaces el Fondo de Garantías de Instituciones Financieras avalará al guardador que no tuviere capacidad económica para otorgar las contragarantías en aquellos eventos en que el Juez considere conveniente para el pupilo que el guardador asuma.
  • Resolución 3317

    Por medio del cual se reglamenta la elección y funcionamiento de los comités territoriales de discapacidad establecidos en la Ley 1145 de 2007.
    Objetivo.
    Capítulo I: establecer lineamientos
    generales a partir de los cuales los Comités Territoriales de Discapacidad puedan desarrollar sus funciones y efectuar la elección de sus representantes, de conformidad con el Sistema Nacional de Discapacidad – SND previsto en la Ley 1145 de 2007.
  • Ley 1616

    Por medio de la cual e expide la ley de salud mental y se dictan otras disposiciones
    Artículo 1: Garantizar el ejercicio del Derecho a la Salud Mental a la población colombiana, priorizando a los niños y adolescentes, mediante la promoción de la salud y la prevención del trastorno mental, la Atención Integral e Integrada en Salud Mental en el ámbito del Sistema General de Seguridad Socia
  • Ley estatutaria 1618

    por medio de la cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad. Objetivo.
    Artículo 1: Garantizar y asegurar el
    ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, mediante la adopción de medidas de inclusión, acción afirmativa y de ajustes razonables y eliminando toda forma de discriminación por razón de discapacidad, en concordancia con la Ley 1346 de 2009.
  • Conpes 166

    "Consejo Nacional de Política Económica y Social"
    Política pública nacional de discapacidad e inclusión social Objetivo.
    Precisar los compromisos para la implementación de la política del Plan Nacional de Desarrollo 2010 - 2014. Así mismo, busca definir los lineamientos, estrategias y recomendaciones con la participación de las instituciones del Estado la ciudadanía permita avanzar en la construcción e implementación de la Política Pública de Discapacidad e Inclusión Social.
  • Política pública nacional de discapacidad e inclusión social 2013-2022

    Objetivo.
    Garantizar el acceso efectivo a la justicia, al pleno reconocimiento de su personalidad y capacidad jurídica de las personas con discapacidad.
    Generar y fortalecer el desarrollo humano de las personas con discapacidad traducido en un aumento de
    sus capacidades, la de sus familias y cuidadores, y la
    equiparación de oportunidades para el desarrollo y
    participación en todos sus ámbitos.
  • Decreto 1075

    por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector Educación.
    Artículo 1: Diseñar estándares que definan el nivel fundamental de calidad de la educación que garantice la formación de las PCD en convivencia pacífica, participación y responsabilidad democrática, así como la integración de las diferencias para una cultura de derechos humanos y ciudadanía en la práctica del trabajo y la recreación para lograr el mejoramiento social, cultural y científico
  • Plan Nacional Decenal de Educación

    el Plan debe ayudar a construir la paz y a consolidar el sentimiento de nación, como tareas importantes del país y de la educación en la próxima década.
    debe ayudar a impulsar el desarrollo humano, que involucra las dimensiones económica, social, científica, ambiental y cultural del país, así como la integridad, la sostenibilidad y la equidad de la educación.
  • Decreto 1421

    Por el cual se reglamenta en el marco de la educación inclusiva la atención educativa a la población con discapacidad. Objetivo.
    Artículo 2.3.3.5.2.1.1:La presente sección reglamenta la ruta. el esquema y las condiciones para la atención educativa a la población con discapacidad en los niveles de preescolar, básica y media.