seguridad y salud ocupacional en Colombia

  • Primer antecedente de seguridad social

    Primer antecedente de seguridad social
    El primer antecedente de seguridad social lo encontramos con el Libertador Simón Bolívar, cuando en su discurso ante el congreso de angostura el 15 de febrero de 1819 señalo: El sistema de gobierno más perfecto es aquel que produce mayor suma de felicidad posible, mayor suma de seguridad social y mayor suma de estabilidad política.
  • La Ley del General Rafael Uribe Uribe

    La Ley del General Rafael Uribe Uribe
    Entre el año 1904 y 1910 Rafael Uribe Uribe trabajo por la incorporación legal de los derechos del trabajador respecto a la salud. Luego de subir a un puesto en el Congreso aprobó la Ley 57 de 1915 donde se estipula que las empresas deben otorgar asistencia medica e indemnización de los empleados en caso de enfermedad o muerte.
  • Oficina de Medicina Laboral

    Oficina de Medicina Laboral
    En el año 1934 en la ciudad de Bogotá se crea la oficina de Medicina Laboral con la función principal de velar por la seguridad de los trabajadores en los momentos de accidentes y enfermedades profesionales y dando una evaluación en caso de indemnización.
  • Legislación Laboral

    Legislación Laboral
    En el año 1935 se establece la legislación laboral en donde vela por los riesgos en el trabajo pero solo hasta el año 1936 comienza a regir esta ley
  • Licencia Materna

    Licencia Materna
    En el año 1938 a través de la Ley 53 se le otorga a la mujer embarazada una licencia de 8 semanas en la época de parto
  • Instituto Colombiano de Seguros Sociales

    Instituto Colombiano de Seguros Sociales
    Se crea el Instituto Colombiano de Seguros Sociales, entidad de gran importancia en la seguridad social colombiana. Funcionó bajo cuatro negocios de la salud: entidad promotora de salud (EPS) junto a una red de clínicas, es decir, instituto prestador de salud (IPS); asimismo con cesantías y pensiones y la administradora de riesgos profesionales (ARS).
  • Codigo Sustantivo del Trabajo

    Codigo Sustantivo del Trabajo
    se expide el Código Sustantivo del Trabajo, en el cual se establecen múltiples normas relativas a la Salud Ocupacional como la jornada de trabajo, el descanso obligatorio las prestaciones por accidente de trabajo y enfermedad profesional y la higiene y seguridad en el trabajo, en su mayoría aplicables hoy en día.
  • Codigo Sanitario Nacional

    Codigo Sanitario Nacional
    Reglamentaron el régimen laboral y prestacional de los empleados públicos, Industrial, Régimen Salarial y Prestacional
  • Comité Nacional de la Salud Ocupacional

    Comité Nacional de la Salud Ocupacional
    mediante el Decreto 586 se crea el Comité Nacional de Salud Ocupacional, Como producto de la iniciativa y participación del Comité Nacional de Salud Ocupacional se expide el Decreto 614 de 1984, el cual establece las bases para la administración de la salud ocupacional en el país y su artículo 35 crea la obligación legal de diseñar y poner en marcha un Plan Nacional de Salud Ocupacional.
  • Plan Nacional de Salud Ocupacional

    Plan Nacional de Salud Ocupacional
    En el año de 1984 se elabora el Primer Plan Nacional de Salud Ocupacional el cual tuvo como objeto orientar las acciones y programas de las instituciones y entidades públicas y privadas, así como el aumento de la productividad y el establecimiento de un plan para evitar la colisión de competencias.Por el cual se determinan las bases para la organización y administración de la salud ocupacional en el país.
  • Resolución 2013

    Resolución 2013
    se reglamenta la organización y funcionamiento de los comités de Medicina, Higiene y Seguridad Industrial en los lugares de trabajo.
    Los Ministros de Trabajo y Seguridad Social y de Salud en ejercicio de la facultad que les confiere el artículo 25 del Decreto 614 de 1984
  • Resolución 1016

    Resolución 1016
    Por medio de esta resolución se reglamenta la organización, funcionamiento y forma de los Programas de la Salud Ocupacional que deben desarrollar los empleadores y trabajadores del país
  • Directiva 89/391/CCE

    Directiva 89/391/CCE
    Referente a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización (quinta Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva 89/391/CEE).
    DIRECTIVA DEL CONSEJO de 29 de mayo de 1990 referente a las disposiciones mínimas de seguridad y de salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización (quinta Directiva específica con arreglo al apartado 1 del artículo 16 de la Directiva
  • Resolución 1015

    Resolución 1015
    El Ministro De Trabajo Y Seguridad Social, En uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 348 del Código Sustantivo del Trabajo y, CONSIDERANDO:
    Que es de competencia del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, establecer medidas tendientes a que el trabajo se realice dentro de condiciones apropiadas, para la conservación de la salud y el bienestar de los trabajadores.
  • Resolución 2318

    Resolución 2318
    Se delega y reglamenta la expedición de licencias de Salud Ocupacional para Personas naturales y jurídicas, su Vigilancia y Control por las Direcciones Seccionales y Locales de Salud y se adopta el Manual de Procedimientos Técnico Administrativos para la expedición de estas Licencias.
  • NTP 139: El trabajo con pantallas visuales

    NTP 139: El trabajo con pantallas visuales
    En todos los campos de actividad, ya sean industriales, administrativos o de gestión, la lectura e información presentada sobre pantallas ha tenido un desarrollo destacado que se ha ampliado considerablemente por la generalización del empleo del ordenador.
    La visualización y el tratamiento de informaciones sobre pantallas catódicas representan la utilización mayor de este modo de comunicación, utilización permanente o temporal, asociada a otras formas de trabajo.
  • Resolución 2346 Evaluaciones médicos Ocupacionales

    Resolución 2346 Evaluaciones médicos Ocupacionales
    La presente resolución se aplica a los empleadores públicos y privados, a los trabajadores dependientes e independientes, a los contratantes de personal bajo modalidad de contrato civil, comercial o administrativo, a las organizaciones de economía solidaria y del sector cooperativo, a las agremiaciones u asociaciones que afilian trabajadores independientes al Sistema de Seguridad Social Integral; a las administradoras de riesgos profesionales
  • Resolución 2646

    Resolución 2646
    se establecen disposiciones y se definen responsabilidades para la identificación, evaluación, prevención, intervención, y monitoreo permanente de la exposición a factores de riesgo psicosocial en el trabajo y para la determinación del origen de las patologías causadas por el estrés ocupacional.