Transparencia

El Derecho De Acceso a La Información y La Transparencia

  • El DAI se deriva de las reformas al artículo 6º constitucional

    relativas al derecho a la información, que se promulgaron en 1977 y que la Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó, casi cuatro lustros después, a fin de que los mexicanos ejercieran su derecho de conocer la información producida y controlada por los actores públicos
  • Para limitar el poder político

    la publicidad de las decisiones y del uso de fondos se vuelve un arma fundamental. La transparencia es, entonces, una herramienta que tiene distintas funciones, ya que, por un lado, inhibe y sanciona, mediante la exposición de la conducta y de las decisiones de los
    representantes como individuos y de las instituciones como colectivos; y, al mismo tiempo, sirve como un instrumento de contención, ya que los representantes se hacen conscientes de que se proyecta la ética de sus conductas
  • Durante el periodo presidencial 2000-2006

    se dieron avances importantes en materia de e-gobierno
    tanto en la construcción de infraestructura física y disponibilidad de servicios y trámites en línea como en la conformación de un marco legal más adecuado. En 2005, se emitió́ el acuerdo para la creación
    de la Comisión Intersecretarial de Gobierno Electrónico, que tuvo como principal objetivo usar las TIC para el buen gobierno
  • Los esfuerzos por implementar una agenda de gobierno electrónico se intensificaron

    con el programa e-México de la administración de Vicente Fox y continúan hasta hoy con la Estrategia Digital Nacional del Gobierno Federal. México ha tenido un compromiso duradero con el uso de las TIC para apoyar las reformas en el sector público y fomentar la buena gobernanza mediante la mejora de la transparencia, la calidad y la eficiencia del gobierno
  • Como una medida de consolidación de la democracia

    El mismo se dio como resultado de dos sucesos fundamentales: un seminario convocado en la ciudad de Oaxaca, donde medios de comunicación y académicos abordaron la exigencia de contar con una ley de acceso a la información, lo que derivó en la llamada Declaración de Oaxaca y en la inserción del tema en la agenda pública; y la Promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP) en el
    año 2002.
  • Declaración Oaxaca (DO) se sustenta en diez principios:

    1) El acceso a la información como derecho humano universal.
    2) La información pública le pertenece a las personas.
    3) Máxima apertura de los poderes del Estado.
    4) Obligación de publicar y entregar la información que posee el Estado.
    5) Procedimientos sencillos, ágiles y a costos mínimos.
    6) Mínimas excepciones.
    7) Organismo autónomo para promover la apertura y resolver controversias.
    8) Tras la pista del dinero público.
    9) Consistencia jurídica
    10) Promoción del federalismo (Fierro, 2002)
  • Los primeros estados que promulgaron leyes de acceso a la información fueron Jalisco, Sinaloa, Aguascalientes y Querétaro

    De hecho, Jalisco y Sinaloa lo hicieron antes que el gobierno federal. Posteriormente, entre 2003 y 2006, veinte entidades promulgaron leyes en materia de transparencia y, el resto, tardó más de 5 años en hacerlo
  • La institucionalización de la transparencia: el INAI y el acceso a la información

    las políticas de transparencia a fin de ayudar a reducir las asimetrías de información que causan muchos de los problemas e ineficiencias al interior de las organizaciones gubernamentales. El primer paso hacia dichas políticas, fue la instalación del Instituto Federal de Acceso a la Información (IFAI). La misión del IFAI, en un primer momento fue la de garantizar el derecho a la información pública promoviendo la política de transparencia y rendición de
    cuentas.
  • Evaluación de gobierno electrónico en México

    evalúa el desempeño en materia de gobierno digital. Es el único informe en el mundo que evalúa el estado de desarrollo del gobierno digital de 193 países. Evalúa tres aspectos: 1) la disponibilidad de
    servicios en línea; 2) la infraestructura de telecomunicaciones, y 3) la capacidad humana (ONU, 2014). Los países que presentan un mejor desempeño en materia de gobierno electrónico en el continente americano son Estados Unidos y Canadá, que, a su vez
  • Conferencia Mexicana para el Acceso a la Información Pública (COMAIP), con los siguientes objetivos

    Impulsar los principios de publicidad, transparencia informativa y apertura gubernamental en la
    República Mexicana en los niveles constitucionales de gobierno, a fin de lograr un mejor
    cumplimiento de las atribuciones que la ley confiere a los órganos de acceso a la información
    pública locales y al IFAI.
     Propiciar y fomentar la cultura de la transparencia, el acceso a la información pública, la
    rendición de cuentas y la protección de datos personales en la sociedad mexicana.
  • Las diferencias entre los marcos legales estatales y el federal tuvieron como resultado que posteriormente

    dentro del Primer Congreso Nacional de Transparencia
    Local, los gobernadores de Aguascalientes, Chihuahua y Zacatecas firmaran la Declaración de Guadalajara, promovieran una reforma constitucional en materia de transparencia. Un año después,
    entregaron al Legislativo Federal una iniciativa de reforma constitucional que fue presentada ante el pleno de la Cámara de Diputados por los coordinadores de los ocho partidos políticos representados en el Congreso. Tras el proceso legislativo de rigor
  • Según Ackerman (2006), la transparencia es esencial para la rendición de cuentas vertical, ya que las elecciones por sí solas no pueden funcionar como un mecanismo eficaz por las siguientes razones:

    Las elecciones como mecanismo de rendición de cuentas funcionan de manera ex-post, es decir, después de que los hechos políticos acontecen. Un gobierno que está en contacto constante y directo
    con el pueblo también necesita construir mecanismos ex-ante y simultáneos de rendición de cuentas para mantener una conexión entre los ciudadanos y el gobierno.
  • La transparencia activa

    implementación y evaluación de una política de trasparencia integral que regule un sistema donde se involucre a las diferentes instituciones públicas en todos los niveles de gobierno. La política de transparencia consiste en las decisiones y los procesos aceptados por el Estado para darle contenido sustantivo a los principios democráticos de responsabilidad,
  • La política de transparencia: Sistema Nacional de Transparencia

    A partir del entramado legal se desprende la política de transparencia, que consiste en las decisiones y
    los procesos aceptados por el Estado para darle contenido sustantivo a los principios democráticos de
    responsabilidad, publicidad e inclusión en la agenda gubernamental. Su objetivo es responder a los
    problemas de asimetría de la información en la acción pública y vincular las decisiones tomadas por
    los distintos actores gubernamentales con la mayor apertura posible.
  • el voto no es ni el único ni el mejor mecanismo de rendición de cuentas.

    La publicidad del Estado deviene en que el poder político es objeto del escrutinio ciudadano y, por tal motivo, tiene que situarse como un poder sujeto no sólo al universo de las atribuciones, sino
    también de las obligaciones. Por ello, la publicidad del Estado demuestra que el poder tiene restricciones, lo cual favorece que no ingrese a la ley de los rendimientos decrecientes, que se
    acentúa cuando los ciudadanos carecen de las herramientas para controlarlo.
  • se publicó en el Diario Oficial de la Federación

    El acceso a la información como un derecho fundamental en México.
     La información gubernamental como bien público.
     El principio de máxima publicidad de la información gubernamental.
     Las restricciones al principio de máxima publicidad de la información gubernamental.
     El establecimiento de información confidencial –datos personales, secretos comercial,
    industrial, bancario, fiduciario, fiscal y profesional e información protegida por derechos de autor
    y propiedad intelectual
  • Como resultado de estas reformas constitucionales se construyeron las bases para un nuevo régimen de rendición de cuentas

    los estados de Nuevo León, Coahuila y Michoacán no se
    promulgaron este tipo de normas, sino hasta 2008. Desde entonces, las entidades que más han reformado sus leyes, a partir de su promulgación, son: el Distrito Federal, Morelia, el Estado de
    México, San Luis Potosí y Jalisco.
  • La transparencia como una herramienta de rendición de cuentas

    La transparencia y el derecho de acceso a la información (DAI) son componentes esenciales de la
    rendición de cuentas1 en regímenes democráticos. La transparencia consiste en hacer pública la
    información que se genera en las organizaciones públicas, para que las personas interesadas puedan
    revisarla, analizarla y, en su caso, usarla como mecanismo para actuar y tratar de sancionar, si se
    exhiben anomalías (GEDAI, 2009).
  • La construcción del derecho de acceso a la información en México

    El derecho de acceso a la información pública (DAI) consiste en un conjunto de garantías jurídicas que afirman la igualdad de los ciudadanos ante la ley, para conocer las acciones y decisiones de sus representantes y eventualmente sancionarlos por mal desempeño o recompensarlos. Como un derecho fundamental, es universal y esto implica que protege un bien con el que debe contar toda persona, independientemente de raza, sexo o cualquier otra condición
  • se constituyó el Open Government Partnership

    que es una organización internacional que tiene como objetivo alentar a los países miembros a implementar los lineamientos de
    gobierno abierto. Es una iniciativa multilateral dirigida a propiciar compromisos concretos de parte de los gobiernos para promover la transparencia, aumentar la participación ciudadana en los asuntos
    públicos, combatir la corrupción y aprovechar las nuevas tecnologías para robustecer la gobernanza
  • La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    En 2013 se hicieron reformas al artículo 6º constitucional, las cuales garantizaron, en correspondencia con lo dispuesto por los tratados internacionales en la materia, el derecho de toda persona al libre
    acceso a la información plural y oportuna, así́como a buscar, recibir y difundir información e ideas de toda índole por cualquier medio de expresión. Posteriormente
  • Comité Promotor compuesto tanto por representantes gubernamentales

    Promover un mayor acceso a la información y divulgación sobre las actividades gubernamentales en todos los niveles de gobierno.
     Recoger y publicar de forma sistemática datos sobre el gasto público y el rendimiento de las actividades y los servicios públicos esenciales.
     Proporcionar activamente información de alto valor, incluidos los datos primarios, de manera oportuna, en formatos que el público pueda encontrar, comprender y utilizar fácilmente, y en
    formatos que faciliten su reutilización
  • Cabe señalar que esta ley es de orden federal y no general.

    invitaba a losestados a normar sobre transparencia, pero no otorgaba un marco general sobre el que se regulara la
    transparencia a nivel estatal. Así que la adopción de estos principios tuvo un proceso paulatino en el que las entidades federativas comenzaron a modificar sus marcos normativos en la materia. Algunos estados, incluso, precedieron a la publicación de la Ley Federal, en tanto que otros tardaron más de un lustro en adaptar sus constituciones y leyes para reconocer el DAI
  • La Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    fue publicada en el Diario Oficial de la Federación otra reforma al artículo 6º constitucional para renovar los mecanismos de acceso a la información pública y protección de datos personales, a través de la implementación de un sistema integral en la materia que garantizara, homogéneamente, los alcances
    de dichos derechos en México
  • El modelo estratégico para la innovación y la calidad gubernamental

    • La Secretaría de la Función Pública
    • La Coordinación del Sistema Nacional e-México, que recae en la Secretaría de
    Comunicaciones y Transportes
    • El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología
    • El Fondo de Información y Documentación para la Industria
    • La totalidad de dependencias y secretarías que internamente conformaron equipos de
    trabajo que definieron y revisaron la composición temática de los 16 canales con los que
    contó el portal.
  • la promulgación de la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental (LFTAIP)

    1) Sencillez y rapidez en los trámites.
    2) Transparencia de la gestión pública.
    3) Protección de la información pública.
    4) Favorecer la rendición de cuentas.
    5) Mejorar la organización, clasificación y manejo de los documentos.
    6) Contribuir a la democratización de la sociedad mexicana y la plena vigencia del Estado de
    derecho.
    7) Generalidad de observancia obligatoria para los servidores públicos federales.
    8) Preeminencia del principio de publicidad.
  • Como parte de esta reforma

    se promulgó la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública. La finalidad de este instrumento
    jurídico fue ampliar y fortalecer los mecanismos de acceso a la información para que el Estado mexicano adoptara el
    nuevo paradigma de gobierno abierto. Buscaba reducir espacios de opacidad y discrecionalidad en la gestión pública y
    ampliar la participación ciudadana en favor de la transparencia.
  • toda autoridad, entidad, órgano y organismo de los siguientes:

     Poderes Ejecutivo
     Poder Legislativo
     Poder Judicial
     Órganos autónomos
     Partidos políticos
     Fideicomisos y fondos públicos
     Sindicatos
     Cualquier persona física o moral que reciba y ejerza recursos públicos o realice actos de
    autoridad en el ámbito federal, estatal y municipal.
  • la reforma al artículo 6° de la constitucion

    promulgada el 4 de mayo de 2015, sentaron las bases para la construcción de una nueva relación entre los órdenes de gobierno y
    el impulso de un federalismo eficiente y eficaz, cooperativo y colaborativo, que permita diseñar, desarrollar y ejecutar políticas públicas en transparencia y acceso a la información, mediante la
    coordinación eficaz de la federación y los estados
  • La calidad de las leyes de acceso a la información en México

    El Open Government Partnership (OGP) es una organización que elabora una medición llamada índice de gobierno abierto, en la que desarrolla un ranking mundial para evaluar la calidad de las leyes de
    acceso a la información en 102 países alrededor del mundo, con base en 4 variables 1) Leyes publicadas y datos gubernamentales
    2) Derecho de acceso a la información
    3) Participación de la sociedad civil
    4) Mecanismos de queja
  • Según el IDAIM

    Establecer en ley un proceso de selección de comisionados de los órganos garantes democrático y que garantice la autonomía de estos órganos; para ello debe ser un proceso abierto, transparente y que incluya la participación ciudadana. Solamente 4 leyes garantizan la participación ciudadana y 2 establecen la publicidad de las entrevistas de las y los candidatos.
  • El gobierno abierto en México

    El concepto de gobierno abierto remite a un nuevo modelo de gobernanza que busca transformar la relación entre gobierno y sociedad para fortalecer la democracia. Se trata de crear un sistema que posiciona al gobierno como plataforma de innovación. Gobierno abierto se basa en una cultura de transparencia, colaboración, participación y rendición de cuentas que permite la creación de
    nuevos emprendimientos y la generación de soluciones a retos públicos que se suscriben al desarrollo del país
  • Evaluación de Gobierno Abierto en México

    El Open Government Partnership es una organización internacional que a través del Proyecto de Justicia Mundial (World Justice Project) desarrolló el índice de gobierno abierto, el cual se elabora con
    los datos arrojados por 100 mil encuestas aplicadas en las tres ciudades principales de cada país, con un análisis de los datos abiertos de cada gobierno, de acceso a la información, de participación ciudadana y de la eficiencia de los mecanismos de denuncia
  • Gobierno electrónico

    El uso de tecnologías de la información ha sido un área de desarrollo constante a nivel internacional, que tiene como objetivo crear mayores canales de interacción con la ciudadanía, lograr una mayor apertura de la información e incrementar los niveles de transparencia en el ejercicio público en todos los niveles de gobierno para que existan mayores niveles de rendición de cuentas.
  • La finalidad es que haya una implementación de forma transversal

    Promover y fomentar la educación y una cultura cívica de transparencia y acceso a la información.
     Fomentar el ejercicio del derecho de acceso a la información.
     Capacitar a los servidores públicos en materia de transparencia y acceso a la información pública.
     Impulsar la implementación, operación y funcionamiento de la Plataforma Nacional de Transparencia. Promover la adopción de estándares nacionales e internacionales y buenas prácticas en
    materia de acceso a la información