Ley agraria

MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.

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    MECANISMOS ALTERNATIVOS DE RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS.

    RECONCILIACIÓN.
  • Ley 23 de 1991.

    Ley 23 de 1991.
    Ley de Descongestión de Despachos Judiciales la cual es destinada para fines de conciliacion y equidad en despachos judiciales, con sus
    artículos 86 87 y 88
  • Decreto 1818, expedido en 1998.

    Decreto 1818, expedido en 1998.
    Estatuto de Mecanismos Alternos de Solución de Conflictos que definen los mecanismos alternos de resolución de conflictos basado en normas aplicables a la conciliación, pruebas, solicitudes y homologación.
  • Ley 446 de 1998

    Ley 446 de 1998
    Modifica partes de la ley 23 de 1991 en la cual indica los mecanismos alternativos de solución de conflictos mediante conciliación.
  • Ley 497 de 1999, jurisdicción de paz.

    Ley 497 de 1999, jurisdicción de paz.
    Por la cual se crean los jueces y se dictamina la imparcialidad de los mismos para un trato justo e igual ante situaciones de resolución de conflictos.
  • Decreto 1477 del 2000

    Decreto 1477 del 2000
    Implementación de las casas nacionales de justicia.
  • Ley 575 del 2000.

    Ley 575 del 2000.
    Promueve la equidad y la conciliación para la violencia intrafamiliar mediante la conciliación con un juez con el fin de hacer una mediación y llegar a un acuerdo.
  • Ley 640 de 2001

     Ley 640 de 2001
    La conciliación como requisito de procedibilidad El artículo 35 de esta ley fue más allá en la conciliación como soporte de la justicia y la estableció como un requisito de procedibilidad para acudir ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, civil y de familia.
  • Ley 640 del 2001.

    Ley 640 del 2001.
    La conciliación como requisito de procedibilidad. El artículo 35 de esta ley fue más allá en la conciliación como soporte de la justicia y la estableció como un requisito de procedibilidad para acudir ante la jurisdicción de lo contencioso administrativo, civil y de familia.
  • Acuerdo 2627 de 2005

    Acuerdo 2627 de 2005
    Por el cual se dictamino los cuarenta y siente conciliadores para la casa de justicia en Barranquilla.
  • La Ley 1285 de 2009.

    La Ley 1285 de 2009.
    “A partir de la vigencia de esta ley, cuando los asuntos sean conciliables, siempre constituirá requisito de procedibilidad de las acciones previstas en los artículos 85, 86 y 87 del Código Contencioso Administrativo o en las normas que lo sustituyan, el adelantamiento del trámite de la conciliación extrajudicial”.
  • Decreto 1716 de 2009.

    Decreto 1716 de 2009.
    Desarrollar normativamente la conciliación en asuntos de lo contencioso administrativo.
  • Ley 1367 de 2009.

    Ley 1367 de 2009.
    El artículo 5 robusteció las funciones que desempeñan los procuradores judiciales en materia de conciliación, entre las cuales cabe destacar la de diseñar y adelantar los programas correctivos a fin de prevenir situaciones estructurales generadas por las administraciones públicas lesivas al interés y el patrimonio público y la de adelantar las campañas necesarias para fortalecer el conocimiento.
  • Ley 1395 de 2010

    Ley 1395 de 2010
    En el cual se hablan de las medidas de descongestion judicial.
  • Ley 1437 de 2011.

    Ley 1437 de 2011.
    CPACAEl Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo tuvo como uno de sus objetivos centrales, la des judicialización de las controversias que se presentan entre los administrativos y las entidades públicas. Se parte del supuesto consistente en que si la administración pública funciona con eficacia, aplica la normatividad vigente y la jurisprudencia; garantiza el debido proceso en sede administrativa, y aplica los principios rectores de la función pública.
  • Ley 1551 de 2012.

    Ley 1551 de 2012.
    Estableció en su artículo 47 que la conciliación sería requisito de procedibilidad en los procesos ejecutivos que se promovieran contra los municipios e introdujo dos grandes novedades para este mecanismo: omitió el requisito de postulación y la aprobación judicial.
  • . Sentencia de unificación en MASC del 11 de octubre de 2018.

    . Sentencia de unificación en MASC del 11 de octubre de 2018.
    En reciente sentencia de unificación del 11 de octubre de 20189, la Sección Primera del Consejo de Estado reivindica la importancia de los MASC como mecanismos alternativos de solución de controversias e indica que la audiencia especial de pacto de cumplimiento es una modalidad de mecanismo alternativo de solución de conflictos
    (FERNANDO CARRILLO FLORES, 2020)