Prevención y obligación a los nuevos negocios de comidas.

  • Prevención y obligación a los nuevos negocios de comidas.

    Prevención y obligación a los nuevos negocios de comidas.
    empieza la pandemia donde muchos locales se ven forzados atender a domicilio, y muchos a cerrar los locales
  • Prevención y obligación a los nuevos negocios de comidas.

    Prevención y obligación a los nuevos negocios de comidas.
    se da un decreto donde se muestran los negocios que permanecerán cerrados negocios tales como
    • LO QUE SE MANTIENEN CERRADOS
    • Restaurantes. Seguirán operando en entregas a domicilios.
    • Bares y discotecas.
    • Parques de diversiones o temáticos.
    • Cines y teatros.
    • Gimnasios, coliseos y estadios.
    • Colegios y universidades. Seguirán actividades virtuales.
    • Servicios religiosos.
    • Terminales de transporte y aeropuertos.
  • Prevención y obligación a los nuevos negocios de comidas.

    Prevención y obligación a los nuevos negocios de comidas.
    se levanta el toque de queda donde se reactiva el comercio, los restaurantes por obligación deben adecuar sus instalaciones, con todos los protocolos exigidos por el decreto sanitario, donde cera de uso obligatorio el uso de tapabocas, y el gel anti bacterial en cada establecimiento, por consiguiente generar al cliente un ambiente agradable disminuyendo así la propagación del virus.