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Transparencia y derecho a la información en México.

By BrizM
  • Constitución de Cádiz

    Constitución de Cádiz
    En el artículo 371 se estableció que "todos lo españoles tiene libertad de escribir, imprimir y publicar sus ideas políticas, sin necesidad de licencia, revisión o aprobación alguna anterior a la publicación, bajo las restricciones y responsabilidad que establezcan las leyes." (Cruz, 2011).
    Ordenamiento constitucional que se instauró con motivo de la conquista española.
  • Decreto de las Cortes de Cádiz

    Decreto de las Cortes de Cádiz
    Aquí se establece el principio de acceso a la información, su artículo 29 menciona que "las respuestas de los fiscales en las causas civiles y criminales no pueden reservarse en ningún caso, a fin de que los interesados puedan verlas en todo momento". (Cruz, 2011:79)
  • Constitución de Apatzingán

    Constitución de Apatzingán
    Se establece el derecho que tienen las personas de exigirles a los funcionarios públicos el respeto a los mismos (artículo 37), así como la libertad de expresión y manifestación de las ideas (artículo 38). (Cruz, 2011:79)
  • Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824

    Constitución Federal de los Estados Unidos Mexicanos de 1824
    Protección de la libertad política de imprenta tanto a nivel federal como estatal, el Congreso de la Unión como encargado de su protección (artículo 50, fracción III), considerada ésta como elemento que conforma el derecho de acceso a la información. (Cruz, 2011:80)
  • Primera Ley Constitucional

    Primera Ley Constitucional
    Se vislumbra la libertad de imprenta, así como la manifestación de ideas políticas. (Cruz, 2011:80)
  • Constitución Política de la República Mexicana de 1857

    Constitución Política de la República Mexicana de 1857
    Igual que en los dos últimos acontecimientos presentados, se refuerza el derecho concedido a la libertad de expresión, imprenta y manifestación de las ideas, pero además se incorpora el derecho de petición en el artículo octavo. Garantizando con ello, el derecho de acceso a la información pública, que hoy en día disfrutamos. (Cruz, 2011:80)
  • Declaración Universal de los Derechos Humanos

    Declaración Universal de los Derechos Humanos
    En su artículo 19, se establecen diversas libertades y derechos, dentro de los cuales está previsto la libertad de opinión y expresión, mismo que comprende el derecho de investigar y recibir informaciones, es decir, el derecho de acceso a la información por una parte, y la asociación a en grandes términos de la rendición de cuentas. México participa en ella, en virtud de su asociación a la Organización de las Naciones Unidas (07 de noviembre de 1945).
  • Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica)

    Convención Americana sobre Derechos Humanos (Pacto de San José de Costa Rica)
    Articulo 13 establecía el derecho de todas las personas a pedir información y también la obligación del Estado a proveerla, con este documento. Siendo la Corte Interamericana el órgano judicial que mediante una decisión tomada en el asunto Claude vs Chile, se sanciona a un Estado por negar el derecho de acceso a la información. Precedente cuya observancia se vuelve obligatoria para los países que forman parte de ella, como lo es México. (Salazar y Vásquez, 2008)
  • Plan Básico de Gobierno 1976-1982

    Plan Básico de Gobierno 1976-1982
    Se establece que el derecho a la información constituye una nueva dimensión de la democracia y una fórmula de respeto al pluralismo ideológico. (Cruz, 2008:78
  • Reforma política de 1977

     Reforma política de 1977
    Se adicionó al artículo sexto constitucional una referencia respecto de derecho de acceso a la información, la cual consistió en establecer que el derecho en cita debe de ser garantizado por el Estado. Pero no se le dio el auge necesario, puesto que la SCJN dejo que las leyes secundarias definieran ese concepto. (Salazar y Vásquez, 2008:46)

    http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/ref/dof/CPEUM_ref_086_06dic77_ima.pdf
  • Criterio jurisprudencial (Suprema Corte de Justicia de la Nación)

    Criterio jurisprudencial (Suprema Corte de Justicia de la Nación)
    La SCJN afirmó por primera vez que el derecho de acceso a la información debería de ser entendido como una garantía individual. Dando ahora sí, cabal cumplimiento a las disposiciones internacionales en materia de acceso a la información lo cual no había cumplido desde su incorporación a la ONU y OEA. (Salazar y Vásquez, 2008:46)
  • Anteproyecto de ley de acceso a la información y Declaración de Oaxaca

    Anteproyecto de ley de acceso a la información y Declaración de Oaxaca
    Se elaboró este documento, el cual se sujetó al debate desde la sociedad civil, y para mayo del año en curso se presentó un documento conocido como Declaración de Oaxaca con diversas propuestas sobre el tema, elaboradas por un grupo que se conocería como Grupo Oaxaca que elaboró un “Decálogo de derecho a la Información”. (Cruz, 2008:78 y 79)
  • Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y el IFAI

    Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental y el IFAI
    En esta ley se concibe la idea de garantizar a los ciudadanos su participación activa en el sistema democrático bajo el cual está concebido México, mediante el ejercicio del derecho de acceso a la información que generan los sujetos obligados por disposición constitucional (art. 108) en el ejercicio de sus funciones y facultades. A la par surge el Instituto Federal de Acceso a la Información Pública (IFAI), como institución de la transparencia en México.
  • “Declaración de Guadalajara”

    “Declaración de Guadalajara”
    Esta se hizo con motivo de la reforma constitucional de 2007, a efecto de que se obligara a todos los órganos públicos
    a transparentar sus principales indicadores de gestión. (Cruz, 2011:71)
  • "Iniciativa de Chihuahua"

    "Iniciativa de Chihuahua"
    En la que se establecí básicamente lo mismo que la anterior, haciendo mención de los principios y bases bajo los cuales se debe de regir el actuar del Estado para garantizar lo establecido por el ordinal sexto de la Constitución Federal. (Cruz, 2011:71)
  • Reforma en materia de transparencia (artículo 6 Constitucional)

    Reforma en materia de transparencia (artículo 6 Constitucional)
    Con ella se establece autonomía al entonces órgano garante (IFAI), sus resoluciones serán definitivas e inatacables para aquellos sujetos obligados por disposición legal, así mismo, se amplía la gama de estos sujetos, se establece la emisión de una Ley General, se otorga autonomía plena técnica a los órganos garantes locales, entre otros aspectos, que de manera colectiva contribuyen al desarrollo del tema. http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5332003&fecha=07/02/2014
  • Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública
    Surge en acato a lo dispuesto por la reforma de 2014 en la materia.
  • Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales

    Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales
    Tras la publicación de la Ley General de Transparencia, además renovó su misión, visión y objetivos; creó comisiones de trabajo y aprobó 84 proyectos estratégicos, con los que el instituto ejercerá las nuevas funciones y atribuciones legales.
    http://expansion.mx/nacional/2015/05/06/el-ifai-cambia-de-nombre-a-inai-tras-aprobacion-de-ley-de-transparencia
  • Nueva Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública

    Nueva Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública
    Se da paso a otra reforma en materia de transparencia y acceso a la información pública. http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/LFTAIP.pdf