Images

PROYECTOS INCLUSIVOS EN EL AMBITO NACIONAL

  • Constitución Política Colombiana de 1991

    Constitución Política Colombiana de 1991
    Artículo 67 "Educación", que señala, entre otros "la igualdad de toda persona humana, la inalienabilidad de los derechos de las personas sin discriminación alguna; la protección especial a personas que por condición económica, física o mental, se encuentren en condición de protección especial".
  • Ley General de la Educación 115 de 1994

    Ley General de la Educación 115 de 1994
    Título III "Modalidades de atención educativa a poblaciones", Capítulo 1 "Educación para personas con limitaciones o capacidades excepcionales", Artículo 46 "Integración con el servicio educativo", menciona: "La educación para personas con limitaciones físicas, sensoriales, psíquicas, cognoscitivas, emocionales o con capacidades intelectuales excepcionales, es parte integrante del servicio público educativo".
  • Decreto 1860 de agosto 3 1994

       Decreto 1860 de agosto 3 1994
    En el parágrafo del artículo 38 se menciona: "Con el fin de facilitar el proceso de formación de un alumno o de un grupo de ellos, los establecimientos educativos podrán introducir excepciones al desarrollo del plan general de estudios y aplicar para estos casos planes particulares de actividades adicionales, dentro del calendario académico o en horarios apropiadas, mientras los educandos consiguen alcanzar los objetivos.
  • Decreto No. 2082 de 1996."Por el cual se reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales".

    Decreto No. 2082 de 1996."Por el cual se reglamenta la atención educativa para personas con limitaciones o con capacidades o talentos excepcionales".
    ART.  1º­­La educación de las personas  con limitaciones  ya sea de orden físico, sensorial, síquico, cognoscitivo o emocional y  para las personas con capacidades o talentos  excepcionales, hace parte del servicio público educativo y se atenderá de acuerdo con la Ley 115 de 1994, las normas que la reglamenten, las reglas establecidas en el presente decreto y las disposiciones que para el efecto dicten las entidades territoriales. 
  • Ley 361 de 1997 - Ley de Discapacidad

    Ley 361 de 1997 - Ley de Discapacidad
    ARTÍCULO 2o. El Estado garantizará y velará por que en su ordenamiento jurídico no prevalezca discriminación sobre habitante alguno en su territorio, por circunstancias personales, económicas, físicas, fisiológicas, síquicas, sensoriales y sociales.
  • Decreto No. 2247 de 1997por el cual se establecen normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar  y se dictan otras disposiciones.

    Decreto No. 2247 de 1997por el cual se establecen normas relativas a la prestación del servicio educativo del nivel preescolar  y se dictan otras disposiciones.
    Artículo 8º. El ingreso a cualquiera de los grados de la educación preescolar no estará sujeto a ningún tipo de prueba de admisión o examen psicológico o de conocimientos, o a consideraciones 
    de raza, sexo, religión, condición física o mental. El manual de convivencia establecerá los mecanismos de asignación de cupos, ajustándose estrictamente a lo dispuesto en este artículo.
  • Decreto No. 3012 de 1997 por el cual se adoptan disposiciones para la organización y el funcionamiento de las escuelas normales superiores.

    Decreto No. 3012 de 1997 por el cual se adoptan disposiciones para la organización y el funcionamiento de las escuelas normales superiores.
    Artículo 1º. Las escuelas normales superiores son instituciones educativas que operarán como unidades de apoyo
    académico para atender la formación inicial de educadores para el ejercicio de la docencia en el nivel de preescolar
    y en el ciclo de educación básica primaria, teniendo en cuenta lo dispuesto en los artículos 104 y 109 de la Ley
    115 de 1994 y las necesidades educativas y de personal docente de su zona de influencia.
  • Deceto 3011 de 1997 por el cual se establecen normas para el ofrecimiento de la educación de adultos y se dictan otras disposiciones.

    Deceto 3011 de 1997 por el cual se establecen normas para el ofrecimiento de la educación de adultos y se dictan otras disposiciones.
    Artículo 2º. La educación de adultos es el conjunto de procesos y de acciones formativas organizadas para atender de manera particular las necesidades y potencialidades de las personas que por diversas circunstancias no cursaron niveles grados de servicio público educativo, durante las edades aceptadas regularmente para cursarlos o de aquellas personas que deseen mejorar sus aptitudes, enriquecer sus conocimientos y mejorar sus competencias técnicas y profesionales.
  • Ley 715 Sistema General de Participación

    Ley 715 Sistema General de Participación
    Por la cual se dictan normas orgánicas en materia de recursos y competencias de conformidad con los artículos 151, 288, 356 y 357 (Acto Legislativo 01 de 2001) de la Constitución Política y se dictan otras disposiciones para organizar la prestación de los servicios de educación y salud, entre otros.
  • Decreto No. 3020 de 2002

    Decreto No. 3020 de 2002
    por el cual se establecen los criterios y procedimientos para organizar las plantas de personal docente y administrativo del servicio educativo estatal que prestan las entidades territoriales y se dictan otras disposiciones.
  • Resolución 2565 de 2003 Por la cual se establecen parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo a la población con necesidades educativas especiales.

    Resolución 2565 de 2003 Por la cual se establecen parámetros y criterios para la prestación del servicio educativo a la población con necesidades educativas especiales.
    La entidad territorial definirá cuales establecimientos educativos atenderán población con necesidades educativas especiales. Estos establecimientos incluirán en el Proyecto Educativo Institucional (PEI) orientaciones para la adecuada atención de los estudiantes allí matriculados y deberán contar con los apoyos especializados. Los apoyos requeridos se enmarcan en la figura del aula de apoyo especializada, definida en los artículos 13 y 14 del Decreto 2082 de 1996.
  • Conpes Social 80 2004 “POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL DE DISCAPACIDAD”

    Conpes Social 80 2004 “POLÍTICA PÚBLICA NACIONAL DE DISCAPACIDAD”
    "Este documento somete a consideración la política pública de discapacidad y los compromisos para su implementación, como parte del Plan Nacional de Desarrollo 2003 - 2006, "Hacia un Estado Comunitario", así como las estrategias para su desarrollo con la participación de las instituciones del Estado en las diferentes entidades territoriales, la sociedad civil y la ciudadanía".
  • Lineamientos de política para la atención educativa a poblaciones vulnerables. 2005

    Lineamientos de política para la atención educativa a poblaciones vulnerables. 2005
    Este documento busca ser una herramienta orientadora que permita generar desde cada una de las Secretarías de Educación una gestión basada en la inclusión, la equidad y la calidad del servicio educativo para las poblaciones vulnerables.
  • ICONTEC Norma técnica Colombiana N° 4595. 2006

    ICONTEC Norma técnica Colombiana N° 4595. 2006
    Esta norma técnica establece "los requisitos para la planeación y diseño físico-espacial de nuevas instalaciones escolares, así mismo, contempla los temas de accesibilidad, seguridad y comodidad".
  • Plan Nacional Decenal de Educación 2006 - 2016

    Plan Nacional Decenal de Educación 2006 - 2016
    Plantea las garantías para el cumplimiento pleno del Derecho a la Educación y se expone una mayor inversión a en educación. En relación a Derechos, protección, promoción y población vulnerable con necesidades educativas especiales se menciona "Aplicar políticas intra e intersectoriales para el respeto y la restitución del derecho a una educación con calidad de todos los grupos poblacionales vulnerables, mediante la adopción de programas flexibles con enfoques diferenciales.
  • Ley 1098 Código de Infancia y adolescencia. 2006

    Ley 1098 Código de Infancia y adolescencia. 2006
    Esta Ley tiene por finalidad "garantizar a los niños, a las niñas y a los adolescentes su pleno y armonioso desarrollo para que crezcan en el seno de la familia y de la comunidad, en un ambiente de felicidad, amor y comprensión". Es relevante el reconocimiento a la igualdad y la dignidad humana, sin discriminación alguna.
  • LEY 1145 DE 2007 "POR MEDIO DE lA CUAL SE ORGANIZA El SISTEMA NACIONAL DE DISCAPACIDAD y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"

    LEY 1145 DE 2007 "POR MEDIO DE lA CUAL SE ORGANIZA El SISTEMA NACIONAL DE DISCAPACIDAD y SE DICTAN OTRAS DISPOSICIONES"
    Artículo 12
    • Las normas consagradas en la presente ley, tienen por objeto impulsar la formulación e implementación de la política pública en discapacidad, en forma coordinada entre las entidades públicas del orden nacional, regional y local, las organizaciones de personas con y en situación de discapacidad y la sociedad civil, con el fin de promocionar y garantizar sus derechos fundamentales, en el marco de los derechos humanos.
  • AUTO 006 DE 2009 La protección de las personas desplazadas, con discapacidad, en el marco del estado de cosas inconstitucional declarado en la Sentencia T-025 de 2004

    AUTO 006 DE 2009 La protección de las personas desplazadas, con discapacidad, en el marco del estado de cosas inconstitucional declarado en la Sentencia T-025 de 2004
    Prevenir el desplazamiento y la integralidad de la atención a la población en situación de discapacidad y desplazamiento.
  • CONPES 122 DE 2009

    CONPES 122 DE 2009
    Que el documento CONPES 122 aprobado el 29 de enero de 2009 asignó dentro de los recursos destinados a gratuidad educativa, la suma de $69.478 millones de pesos para los alumnos matriculados en instituciones educativas estatales que pertenezcan a los niveles 1 y 2 del Sisbén, en condición de desplazamiento o indígenas que no se encuentren sisbenizados.
  • DECRETO NO. 366 DE FEBRERO DE 2009

    DECRETO NO. 366 DE FEBRERO DE 2009
    Por medio del cual se reglamenta la organizaci�n del servicio de apoyo pedag�gico para la atenci�n de los estudiantes con discapacidad y con capacidades o con talentos excepcionales en el marco de la educaci�n inclusiva".
  • ACUERDO 381 DE 2009 LENGUAJE INCLUYENTE

    ACUERDO 381 DE 2009 LENGUAJE INCLUYENTE
    El Acuerdo 381 de 2009 "Por medio del cual se promueve el uso del lenguaje incluyente". Aunque esta normatividad se expedida para el Distrito Capital, es aplicable a todo el territorio nacional, en el marco del respeto a la diversidad y la inclusión desde el género.
    Entiéndase por lenguaje incluyente, el uso de expresiones linguísticas que incluyan tanto al género femenino como al masculino, cuando se requiera hacer referencia a ambos y no el uso exclusivo del género masuculino.
  • LEY 1346 DE JULIO DE 2009

    LEY 1346 DE JULIO DE 2009
    "Por medio de la cual se aprueba la "CONVENCIÓN SOBRE LOS DERECHOS DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD", adoptada por la Asamblea General de la Naciones Unidas el 13 de diciembre de 2006".
  • PLAN SECTORIAL DE EDUCACIÓN 2010 - 2014

    PLAN SECTORIAL DE EDUCACIÓN 2010 - 2014
    El documento se fundamenta en los lineamientos del Plan Nacional Decenal de Educación 2006-2016, cuya finalidad primordial es lograr que en 2016 "La educación sea un derecho cumplido para toda la población y un bien público de calidad, garantizado en condiciones de equidad e inclusión social por el Estado, con la participación co-responsable de la sociedad y la familia en el sistema educativo".
  • DIRECTIVA MINISTERIAL 15 DE 2010

    DIRECTIVA MINISTERIAL 15 DE 2010
    "Orientaciones sobre el uso de los recursos adicionales para servicios de apoyo a estudiantes con necesidades educativas especiales (NEE)"
    Con estos recursos, las secretaria de educación de las entidades territoriales deberán contratar en los establecimientos estatales de educación formal que reportan matricula de población con estas condiciones, todos los servicios de apoyo pedagógico requeridos para ofrecerle educación de calidad.
  • DIRECTIVA MINISTERIAL 23 DE 2011

    DIRECTIVA MINISTERIAL 23 DE 2011
    "Procedimiento a seguir para la implementación del giro directo de los recursos de gratuidad educativa".
  • LEY 1482 DE 2011"Por medio de la cual se modifica el Código Penal y se establecen otras disposiciones.

    LEY 1482 DE 2011"Por medio de la cual se modifica el Código Penal y se establecen otras disposiciones.
    Garantizar la protección de los derechos de una persona, grupo de personas, comunidad o pueblo, que son vulnerados a través de actos de racismo o discriminación".
    Artículo 134 A. Actos de Racismo o Discriminación. El que arbitrariamente impida, obstruya o restrinja el pleno ejercicio de los derechos de las personas por razón de su raza, nacionalidad, sexo u orientación sexual, incurrirá en prisión de doce (12) a treinta y seis (36) meses y multa de diez (10) a quince (15) smlv.
  • ACUERDO 001 DE 2011 Reglamentación interna del Consejo Nacional de Discapacidad

    ACUERDO 001 DE 2011 Reglamentación interna del Consejo Nacional de Discapacidad
    Es un organismo del Sistema Nacional de Discapacidad, a nivel de consultoría y asesoría, cuyo fin es coordinar, planificar, concertar, adoptar, hacer seguimiento y evaluar las póliticas pùblicas generales y sectoriales de la discapacidad en Colombia.
  • LEY 1618 DE 2013 "A través del cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad".

    LEY 1618 DE 2013 "A través del cual se establecen las disposiciones para garantizar el pleno ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad".
    ARTíCULO 1°. OBJETO. El objeto de la presente leyes garantizar y asegurar el ejercicio efectivo de los derechos de las personas con discapacidad, mediante la adopción de medidas de inclusión, acción afirmativa y de ajustes razonables y eliminando toda forma de discriminación por razón de discapacidad, en concordancia con la Ley 1346 de 2009.
  • CONPES SOCIAL 161 DE 2013 "EQUIDAD DE GÉNERO PARA LAS MUJERES".

    CONPES SOCIAL 161 DE 2013 "EQUIDAD DE GÉNERO PARA LAS MUJERES".
    "Este documento presenta a consideración del Consejo Nacional de Política Económica y Social (CONPES), la Política Pública Nacional de Equidad de Género para las Mujeres y el Plan de Acción Indicativo 2013-2016, el cual incluye el Plan Integral para garantizar a las mujeres una vida libre de violencias.
  • La educación inclusiva como camino para superar las inequidades.

    La educación inclusiva como camino para superar las inequidades.
    De cada 100 colombianos con discapacidad, 66 saben leer y escribir. los niños entre 5 y 14 años de edad, 33 de cada 100 niño, q presentan algún tipo de discapacidad, han desarrollado las habilidades de lectura y escritura; 37 de cada 100 personas con discapacidad en edad escolar (5-18 años), no asisten a un establecimiento educativo. culminaron sus estudios de bachillerato estuvieron alrededor del 17% y los estudios técnicos, tecnológicos y profesionales solo han sido alcanzados por el 3,4%